Decreto 88 - NOMBRA DIRECTOR NACIONAL DEL INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO A DON JOSÉ RICARDO ARIZTÍA DE CASTRO - MINISTERIO DE AGRICULTURA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 234805710

Decreto 88 - NOMBRA DIRECTOR NACIONAL DEL INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO A DON JOSÉ RICARDO ARIZTÍA DE CASTRO

EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Rango de LeyDecreto

NOMBRA DIRECTOR NACIONAL DEL INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO A DON JOSÉ RICARDO ARIZTÍA DE CASTRO

Núm. 88.- Santiago, 21 de septiembre de 2010.- Visto: lo dispuesto en el artículo 48 y siguientes de la ley Nº 19.882; en el artículo 4º de la ley Nº 18.910; el DFL Nº 294, de 1960, del Ministerio de Hacienda, orgánico del Ministerio de Agricultura; en el artículo 42 de la ley Nº 18.575; en los artículos 7 y 14 del DFL Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834; en el numeral 10 del artículo 32, de la Constitución Política de la República, y la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

Que la Dirección Nacional del Servicio Civil convocó al concurso de rigor para proveer el cargo de Director Nacional del Instituto de Desarrollo Agropecuario.

Que dicho concurso fue aprobado por dicha Dirección Nacional.

Que en uso de las facultades legales que me confiere la ley, he resuelto nombrar en el cargo indicado a la persona que más adelante se indica.

Decreto:

  1. - Nómbrase a don José Ricardo Ariztía de Castro, RUT Nº 5.035.698-1, en el cargo de Director Nacional del Instituto de Desarrollo Agropecuario, grado 3º de la escala única de remuneraciones, a contar del 17 de septiembre de 2010.

  2. - Que por razones impostergables de buen servicio, el funcionario nombrado precedentemente asumirá sus funciones en la fecha indicada, sin esperar la total tramitación de este decreto.

  3. - El presente nombramiento otorga al funcionario asignado el derecho a recibir los beneficios del Estatuto Administrativo, cuando corresponda y la asignación de alta dirección pública, contemplada en la ley Nº 19.882, cuyo porcentaje será de un 83%, de acuerdo a lo establecido en el decreto Nº 1.009, de 2007, del Ministerio de Hacienda.

  4. - Declárase que el señor Ariztía deberá rendir la fianza correspondiente.

  5. - El gasto que irrogue el presente decreto se imputará al presupuesto vigente del Instituto de Desarrollo Agropecuario.

Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de...

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