Decreto núm. 180, publicado el 02 de Agosto de 1985. MODIFICA DECRETO N° 132, DE 1979, CONJUNTO DE LOS MINISTERIOS DE MINERIA Y DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION - MINISTERIO DE ECONOMÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470876078

Decreto núm. 180, publicado el 02 de Agosto de 1985. MODIFICA DECRETO N° 132, DE 1979, CONJUNTO DE LOS MINISTERIOS DE MINERIA Y DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA
Rango de LeyDecreto

MODIFICA DECRETO N° 132, DE 1979, CONJUNTO DE LOS MINISTERIOS DE MINERIA Y DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION

Núm. 180.- Santiago, 19 de Junio de 1985.- Visto: El oficio N° 1.933 de 1985, de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles; el decreto supremo N° 132, de 08.08.79, conjunto de los Ministerios de Minería y de Economía, Fomento y Reconstrucción, publicado en el Diario Oficial de 10.11.79, modificado por el decreto supremo N° 541, de 02.10.80, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, publicado en el Diario Oficial de 21.10.80; lo dispuesto en los artículos y del DFL N° 1, de 1978, de Minería; el artículo 20 del decreto ley N° 3.001, de 1979, y el artículo 32, N° 8 de la Constitución Política de la República de Chile,

Decreto:

Artículo único

Modificase el decreto supremo N° 132, de 1979, conjunto de los Ministerios de Minería y de Economía, Fomento y Reconstrucción, modificado por el decreto supremo N° 541, de 1980, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, reemplazándose en su texto las palabras "Gas de Cañería" por "Gas de Ciudad".

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