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Decreto 537 - MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO TELEFÓNICO A LA EMPRESA TELMEX SERVICIOS EMPRESARIALES S.A.

EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor20 de Septiembre de 2008

MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO TELEFÓNICO A LA EMPRESA TELMEX SERVICIOS EMPRESARIALES S.A.

Santiago, 12 de junio de 2008.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 537.- Vistos:

  1. El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;

  2. La ley Nº 18.168, Ley General de

    Telecomunicaciones, en adelante la ley;

  3. El número 1 del artículo 3º del párrafo III de la resolución Nº 55 de 1992, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por la resolución Nº 520 de 1996, ambas de la Contraloría General de la República;

  4. El decreto supremo Nº 466 de 2003, del

    Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión.

    Considerando:

  5. Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 18.795 de 13.03.2008.

  6. Que no se presentaron oposiciones a la

    publicación en extracto de la solicitud de modificación de concesión,

    Decreto:

    Modifícase la concesión de Servicio Público Telefónico, otorgada a la empresa Telmex Servicios Empresariales S.A., RUT Nº 95.714.000-9, con domicilio en Rinconada El Salto Nº 202, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:

    1. Autorízase a la concesionaria modificar el Nodo Fanor 2, autorizado mediante decreto supremo Nº 395 de 2003, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, en el sentido de:

      1.1. Modificar el nombre del Nodo Fanor 2 a Nodo Fanor Velasco 2.

      1.2. Modificar los plazos de inicio y término de obras e inicio de servicio del Nodo Fanor Velasco 2.

      Los plazos serán los que se indican a continuación:

      Inicio Término Inicio

      Obras Obras Servicio Observación

      1 mes 23 meses 24 meses Todos estos plazos

      están referidos a la

      fecha de publicación

      en el Diario Oficial

      del presente decreto.

    2. Apruébese la solicitud presentada por la concesionaria. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.

    3. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.

      Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, René Cortázar Sanz, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.

      Lo que transcribo para su conocimiento.-...

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