Resolución núm. 837 EXENTA, publicada el 16 de Junio de 2012. AUTORIZA A COMERCIALIZADORA MULTINACIONAL S.A., COMULSA, COMO ORGANISMO PARA EFECTUAR MEDIDAS DE CONSUMOS DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN HORAS DE PUNTA Y DEMANDA MÁXIMA SUMINISTRADA - MINISTERIO DE ENERGÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469208018

Resolución núm. 837 EXENTA, publicada el 16 de Junio de 2012. AUTORIZA A COMERCIALIZADORA MULTINACIONAL S.A., COMULSA, COMO ORGANISMO PARA EFECTUAR MEDIDAS DE CONSUMOS DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN HORAS DE PUNTA Y DEMANDA MÁXIMA SUMINISTRADA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ENERGÍA
Rango de LeyResolución

AUTORIZA A COMERCIALIZADORA MULTINACIONAL S.A., COMULSA, COMO ORGANISMO PARA EFECTUAR MEDIDAS DE CONSUMOS DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN HORAS DE PUNTA Y DEMANDA MÁXIMA SUMINISTRADA

Núm. 837 exenta.- Santiago, 25 de mayo de 2012.- Vistos: La ley Nº 18.410 del año 1985, Orgánica de esta Superintendencia de Electricidad y Combustibles; la resolución exenta Nº 990, del año 2009, complementada por la resolución exenta Nº 1.161, del año 2009, ambas de esta Superintendencia, y la resolución Nº 1.600, del año 2008, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. Que mediante carta de fecha 17.02.2011, ingresada en la Oficina de Partes de esta Superintendencia con el Nº 04205, de la misma fecha, Comercializadora Multinacional S.A., Comulsa, RUT 94.458.000-K, presentó a este servicio fiscalizador una solicitud para ser autorizados como Organismo Técnico para efectuar Medidas de Consumos de Energía Eléctrica en Horas de Punta y Demanda Máxima Suministrada.

  2. Que de los antecedentes y documentos acompañados a solicitud y posteriormente aportados, aparece que Comulsa cuenta con adecuados medios materiales, como ser infraestructura, dependencias especializadas, laboratorios, equipos de medida modernos, así como también con profesionales, técnicos y personal en general, suficientes para desarrollar las funciones inherentes a la actividad para la cual solicita ser autorizada.

  3. Lo anterior, además, fue constatado en Inspección Técnica efectuada con fecha 06.12.2011, por profesionales de este organismo fiscalizador, cuyo resultado está contenido en el Informe Técnico, de la misma fecha, del Departamento Técnico de Sistemas Eléctricos, dependiente de la División de Ingeniería Eléctrica del Servicio.

  4. Que los antecedentes y documentos presentados por Comercializadora Multinacional S.A., Comulsa, cumplen con lo establecido en la resolución exenta Nº 990, del año 2009, de esta Superintendencia, que regula el procedimiento para la autorización de organismos que efectúen medidas de consumo en horas de punta, según ha sido comprobado en la Inspección Técnica citada anteriormente.

    Resuelvo:

  5. Autorízase a Comercializadora Multinacional S.A., Comulsa, RUT 94.458.000-K, con domicilio en la calle Río Refugio Nº 9638, Parque de Negocios ENEA, comuna de Pudahuel, Región Metropolitana de Santiago, representado por el señor Andrés Dougnac Labatut, como Organismo Técnico para efectuar Medidas de Consumos de Energía Eléctrica en Horas de Punta y Demanda Máxima...

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