Decreto 162 - APRUEBA MODIFICACIONES A LA ORDENANZA DE DERECHOS MUNICIPALES - MUNICIPALIDAD DE LA FLORIDA - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 240674054

Decreto 162 - APRUEBA MODIFICACIONES A LA ORDENANZA DE DERECHOS MUNICIPALES

EmisorMUNICIPALIDAD DE LA FLORIDA
Rango de LeyDecreto

APRUEBA MODIFICACIONES A LA ORDENANZA DE DERECHOS MUNICIPALES

Florida, 19 de febrero de 2008.- La Alcaldía decretó hoy lo siguiente:

Núm. 162.- Vistos estos antecedentes:

  1. El D.A. Nº 3 de 07.01.1981, que dicta Ordenanza Local de Derechos Municipales para Servicios, Concesiones o Permisos y sus posteriores modificaciones mediante los decretos alcaldicios Nº 18 de 29.11.85, Nº 151 de 27.03.87, Nº 307 de 17.08.88 y Nº 629 de 30.12.02;

  2. La necesidad de actualizar la organización interna de la Municipalidad de Florida;

  3. El Acuerdo del Concejo Municipal Nº 1.374, celebrado el día 17 de abril de 2007, en la que se aprueba la creación de la Dirección de Tránsito y Transporte Público Municipal;

  4. El D.A. Nº 496 de fecha 28.05.2007, que aprueba la creación de la Dirección de Tránsito y Transporte Público Municipal;

  5. El Acuerdo del Concejo Municipal Nº 1.471, celebrado el día 8 de febrero de 2008, en el que se aprueba la propuesta de modificacióna a la Ordenanza Derechos Municipales, con la finalidad de incorporar la Dirección de Tránsito y Transporte Público.

  6. Y, en uso de las facultades que confiere la ley Nº 18.695 "Orgánica Constitucional de Municipalidades" y sus modificaciones;

Decreto:

  1. Apruébese, modificar la Ordenanza de Derechos Municipales, agregando en el art. 4º, del Título IV las siguientes letras, en los siguientes términos:

    f.- Autorización de traslado de vehículos 5% UTM

    g.- Certificados de la Unidad Municipal 5% UTM

    h.- Deterioro a la propiedad pública respecto

    de señales de tránsito, demarcaciones,

    semáforos, refugios peatonales 2 UTM

    i.- Derechos de estacionamiento de taxis en

    zonas autorizadas, y señalizadas en la

    vía pública, anual por vehículo, pagada

    al 30 de septiembre de cada año 50% UTM

    Cumplido este plazo se multará con 3 UTM

    j.- Duplicados de sellos catalíticos D.S.

    211/91, D.S. 54/94 y D.S. 5.594 10% UTM

    k.- Empadronamiento de carretelas 5% UTM

    l.- Inspecciones oculares de características 15% UTM

    m.- Derechos de licencias de conducir

    1) Otorgamiento de licencias de conductor

    clases profesionales A-1, A-2, A-3,

    A-4 y A-5 40% UTM

    2) Otorgamiento de licencia de conductor:

    clases no profesionales B, C, y F. 50% UTM

    clase E 25% UTM

    3) Control cada cuatro años para

    conductores con licencia profesional

    A-1, A-2, A-3, A-4, A-5 40% UTM

    4) Control cada cuatro años para

    conductores con licencia no

    ...

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