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Decreto 749 - APRUEBA MODIFICACION AL PLAN REGULADOR COMUNAL DE CHIGUAYANTE

EmisorMUNICIPALIDAD DE CHIGUAYANTE
Rango de LeyDecreto

APRUEBA MODIFICACION AL PLAN REGULADOR COMUNAL DE CHIGUAYANTE

Núm. 749.- Chiguayante, 13 de julio de 2006.- Vistos: estos antecedentes: Decreto Alcaldicio Nº 637, de fecha 20.06.2003; acuerdo Nº 46-14-2004, de fecha 08.07.2004 que aprueba el inicio del proceso de modificación del Plan Regulador Comunal; Resolución exenta Nº 086 de la Comisión Regional del Medio Ambiente Región del Bío - Bío de fecha 20.03.2006; Oficio Ordinario Nº 257 de fecha 03.05.2006 y 268 de fecha 08.05.2006 de la Comisión Regional del Medio Ambiente Región del Bío - Bío; el Acuerdo Municipal Nº 44-15-2006 del 18.05.2006, el cual aprueba en general las modificaciones al Plan Regulador Comunal vigente; Acuerdo Municipal Nº 45-15-2006 del 18.05.2006, el cual aprueba todas y cada una de las modificaciones introducidas al Plan Regulador Comunal vigente; el Decreto Alcaldicio Nº 572 de fecha 26.05.2006 que sanciona los Acuerdos anteriores; Oficio Ordinario Nº 1206, D.D.U.I. Nº 541 de fecha 05.07.2006 del Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región del Bío- Bío por el cual informa favorablemente el proyecto de Modificación al Plan Regulador Comunal de Chiguayante 2006, de conformidad a la Memoria Explicativa, Modelo de Decreto Alcaldicio y Plano PRCH-2 firmado y timbrado por esa Secretaría Ministerial y en el uso de las facultades que me confieren los artículos 12 y 63 de la ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades,

Decreto :

1-Apruébese la modificación del Plan Regulador Comunal de Chiguayante, aprobado según Decreto Alcaldicio N° 637 de fecha 20.06.03 y publicado en el diario oficial de 04.07.03, en el sentido de:

-Incorporar nombres de vías

-Eliminación de tramos viales

-Modificar anchos entre líneas oficiales

-Agregar una zona especial de restricción

por infraestructura sanitaria ZR2

-Modificar deslindes de zonas ZU3-B y ZU1-B

-Eliminar zona ZEIRE y reemplazarla por zona ZU1-B

-Incorporar el proyecto "Biovías" y otros nudos

y trazados viales existentes.

Lo anterior de acuerdo a lo graficado en el Plano PRCH-2, denominado " Plan Regulador Comunal de Chiguayante Modificación 2006" y confeccionado a escala 1: 10.000 por la Dirección de Obras Municipales de Chiguayante, que por el presente Decreto se aprueba.

2- Apruébese asimismo la modificación a la Ordenanza Local de Plan Regulador, en la forma que se indica:

Artículo 1

Reemplácese en el texto el nombre del plano "Plan Regulador Comunal de Chiguayante" por "Plan Regulador Comunal de Chiguayante, Modificación 2006" y la sigla "PRCH-1" , por: " PRCH-2".

Artículo 3

Reemplácese la frase: "que no se encuentren regladas por esta" por la siguiente: "se encuentren o no regladas por la presente", e intercálense a continuación de "Plan Regulador Metropolitano de Concepción" lo siguiente:", Ley de Bases del Medio Ambiente, Plan Maestro de Aguas Lluvia", y agréguese al final de su texto, la siguiente indicación: ", según corresponda.".

Artículo 9

Elimínese el punto final del texto y agréguese a continuación la siguiente frase: ", según se establezca para cada zona, definida en el artículo 26 de la presente Ordenanza Local.".

Artículo 10

En el inciso primero, agréguese al final como punto seguido lo siguiente: "La medición se realizará desde la cota nivel de acera o del terreno natural, según corresponda.

Para el caso de terrenos con pendiente superior a 15%, la altura máxima establecida podrá incrementarse un 25%."

En el inciso cuarto reemplácese la indicación:

"4,00 metros", por el siguiente texto: "2,00 metros para el caso de intersecciones entre pasajes y de pasajes con calles y 4,00 metros, para el caso de intersecciones entre calles.", elimínese además , en el último inciso, la frase:"Esta longitud podrá variar hasta", reemplazándose por: "Estas longitudes podrán ser aumentadas hasta".

Modifíquese en su inciso quinto, el siguiente texto: "En los nuevos loteos que consideren antejardines", por el siguiente: "En los nuevos loteos y edificaciones que consideren antejardines".

Artículo 11

Intercálese después del primer punto seguido del primer inciso, el siguiente texto: "Los cierros laterales de la faja de antejardín deberán ser siempre transparentes en un 100%.".

Reemplácese en el mismo inciso primero, desde la indicación:"25%", inclusive, por el siguiente texto:

"100% en la calle o pasaje de menor jerarquía, para la franja que exceda los 2,00 metros mínimo, según corresponda.

Desde el segundo piso se permitirán cuerpos salientes sobre el antejardín, desde el plano vertical de la línea de edificación hasta un metro y distanciados de los deslindes, según artículo 2.6.3. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones para las edificaciones aisladas."

Agréguese el siguiente inciso tercero: "Los predios que enfrenten áreas verdes públicas deberán respetar por estos costados, la faja de antejardín mínimo exigida, según la zona en que se emplacen.".

Artículo 12

Reemplácese el cuarto inciso por lo siguiente: " Las antenas de telecomunicaciones cuya altura supere los 5,00 requerirán un distanciamiento hacia los deslindes equivalente a su altura total más 1/4 de ésta y deberán ser autorizadas por el Director de Obras Municipales previo a que se acredite que no producirán molestias al vecindario por los organismos competentes que correspondan.".

Reubíquese el inciso tercero como inciso segundo, y el inciso segundo pasa a ser el inciso tercero.

Artículo 13

Reemplácese la indicación: " Su tipología o clase" por :" Su clase".

Artículo 14

Reemplácese de su texto, el vocablo:

"clasificación" por el siguiente: "calificación".

Artículo 15

Elimínese del texto la frase: "de carácter industrial y de bodegaje".

Reemplácese la palabra: "clasificadas" por:"calificadas".

Artículo 17

En el título "DE TRANSPORTE:", remplácese el título por el siguiente: "TERMINALES DE TRANSPORTE TERRESTRE INTER-URBANO Y SERVICIOS DE LOCOMOCIÓN COLECTIVA URBANA:".

Compleméntense en los términos: "Terminales Ferroviarios y Terminales Rodoviarios", con la siguiente indicación: " Inter.-urbanos".

Reemplácese el requerimiento del término: "Terminal ferroviario interurbano", para la indicación: "15 cada 1 andén".

Agréguense al final del título, los siguientes subtítulos y sus requerimientos: "Estaciones de intercambio modal: 10 cada 1 andén", "Paraderos Ferroviarios: 3 cada 1 anden." y "Terminales de vehículos: 1 cada 5 vehículos.".

En el título "INDUSTRIA:", reemplácese el título por el siguiente: "ACTIVIDADES PRODUCTIVAS:".

Elimínese el subtítulo y su requerimiento:

"Industria y Bodega de más de 200 m2: 1 cada 150m2 construidos, mínimo 3.", por los siguientes: "De carácter inofensivo o molesto con impactos mitigados y talleres inofensivos de más de 50 m2 construidos: 2, con un incremento de 1 cada 30 m2.".

En el título "EQUIPAMIENTO:, subtítulo Comercio:", reemplácese el término y su requerimiento: "Centros o Estaciones de Servicio Automotor: 1 cada 100 m2 construidos", por los siguientes: " Estaciones de Servicio Automotor: 1 por cada unidad de atención"; "Centros de Servicio Automotor: 1 cada 25 m2 construidos"; "Centros y Estaciones de Servicios Automotor, asociados a locales comerciales y/o servicios: 1 cada 15 m2 construidos.".

Sepárense del listado el término: "Discotecas", y agréguese junto a éste, el término "Clubes Nocturnos" y defínase para ellos el siguiente requerimiento: " 1 cada 4 ocupantes, para locales con una carga de ocupación superior a 40 personas.".

Antecédase al listado: "Pub, Restoranes y similares" el término "Cafeterías" y reemplácese el requerimiento, por la siguiente indicación: " 1 cada 6 ocupantes, para locales con una carga de ocupación superior a 40 personas".

Agréguese al final del subtítulo, el siguiente término y su requerimiento: "Talleres mecánicos: 2 por cada unidad de atención.".

Corríjase en el título: "EQUIPAMIENTO:, subtítulo Deportivo, término Estadio", el requerimiento: "1 cada 30 espectadores" por "1 cada 30 aposentadurías.".

Compleméntese en el título: "EQUIPAMIENTO:, subtítulo Educación:", con el siguiente término y su requerimiento: "Enseñanza Prebásica: 1 cada 1 aula.".

Reemplácese en el término:"Enseñanza Técnica y Superior", el requerimiento: " mas 1 cada 4 docentes", por el siguiente: " mas 2 cada 4 docentes.".

Reemplácese en el término: "Centros de Capacitación e Investigación", el requerimiento: "con un mínimo de 2." Por el siguiente : "con un mínimo de 5.".

Reemplácese al final de este subtítulo la frase:

"Adicionalmente, los establecimientos educacionales deberán considerar al interior de sus predios el espacio para la llegada y salida de vehículos de transporte escolar." por la siguiente: "Adicionalmente, los establecimientos de nivel prebásico, básico y medio, deberán considerar al interior de sus predios, los espacios para andenes de llegada y salida de vehículos de transporte escolar y particulares, estableciéndose un andén por cada 3 aulas, con un mínimo de 2".

En el título "EQUIPAMIENTO:, subtítulo Salud:", reemplácese en el término "Clínicas y hospitales" el requerimiento: "2 cada 5 camas, con un mínimo de 2", por el siguiente :"3 cada 5 camas con un mínimo de 5.".

Agréguese a continuación del término "Consultorios", la indicación "y policlínicos" y reemplácese de su requerimiento la indicación: "con un mínimo de 2", por el siguiente: "con un mínimo de 5.".

Compleméntese a continuación del término "Centros de tratamiento", la indicación "y rehabilitación" y reemplácese de su requerimiento la indicación: "con un mínimo...

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