Decreto 766 EXENTO - PROMULGA MODIFICACIÓN N° 5 DEL PLAN REGULADOR COMUNAL
Emisor | MUNICIPALIDAD DE LA FLORIDA |
Rango de Ley | Decreto |
Fecha de entrada en vigor | 19 de Marzo de 2013 |
PROMULGA MODIFICACIÓN N° 5 DEL PLAN REGULADOR COMUNAL
Núm. 766 exento.- La Florida, 11 de marzo de 2013.- Vistos y considerando:
El decreto exento N° 4.747, de fecha 11/11/10, que aprueba el Estudio de Modificación N° 5 del Plan Regulador y que da inicio al proceso de aprobación; certificado de la Secretaria Municipal, de fecha 26/11/2010, dando cuenta del envío de 118 cartas a organizaciones territoriales legalmente constituidas, incluyendo un resumen ejecutivo de la modificación y, además, invita a la Audiencia Pública del día 7 y 22 de diciembre de 2010; copia simple de la carta tipo enviada con fecha 25/11/10, con listado de 118 cartas y guía de despacho de la Empresa Correos de Chile; copia certificada por la Secretaria Municipal del Ord. N° 24, de fecha 29/11/2010, suscrito por el Asesor Urbano, que informa al Concejo Municipal las fechas, lugar y hora de la realización de la Audiencia Pública informativa; certificado de la Secretaria Municipal de fecha 28/12/2010, acreditando las publicaciones de prensa para las audiencias públicas a celebrar, además de las copias certificadas de las publicaciones en los diarios La Nación de fecha 03/12/10, 26/11/10 y Publimetro de fechas 21/12/10, 27/12/10, indicando lugar, fecha y hora a realizarse; certificado de la Secretaria Municipal de fecha 30/12/2010, dando fe de las Audiencias Públicas celebradas los días 07/12/10 (sin quórum), 22/12/2010 y 29/12/10 y listados de asistencia respectivos; certificado de la Secretaria Municipal Subrogante, de fecha 08/08/2011, dando fe de la Sesión del CESCO celebrada en Sesión Extraordinaria N° 1 de fecha 06/01/11, especificando asistencia: copia de la citación al CESCO para informar la Modificación N° 5; certificado de la Secretaria Municipal de fecha 28/12/2010, acreditando las publicaciones de prensa que invitan a la exposición del proyecto y copias certificadas de 2 publicaciones de prensa en los diarios La Nación y Publimetro, indicando lugar y plazo para la exposición pública del proyecto de Modificación al PRC (03/01/11 al 07/02/11); certificado de la Secretaria Municipal de fecha 30/12/2010, dando fe de la realización de la exposición pública del proyecto y el tiempo de duración; copia certificada de la Memoria Explicativa, Texto Aprobatorio y Planos expuestos al público; certificado de la Secretaria Municipal de fecha 21/03/12 y copia certificada de la publicaciones en los diarios Las Últimas Noticias con fecha 17.02.12 y Las Últimas Noticias con fecha 24.02.12 para la Audiencia Pública de Consulta, indicando lugar, fecha y hora a realizarse y el procedimiento y fechas para realizar observaciones a la Modificación N°5; certificado de la Secretaria Municipal de fecha 21/03/2012, dando fe de la Audiencia Pública de Consulta celebrada el 07.03.12 y listado de asistencia; certificado de la Secretaria Municipal de fecha 26/03/2012, informando las observaciones recibidas (24), especificando las fechas de recepción (entre 03.01.11 al 22.03.12) y copia de las observaciones recibidas; 24 cartas originales de observaciones de los vecinos realizadas al proyecto de Modificación N°5; certificado de la Secretaria Municipal de fecha 08/10/2012, que certifica la reunión del COSOC realizada el 14 de mayo de 2012, en la cual se informa del resumen de las observaciones de los vecinos; la Citación del COSOC de fecha, para Sesión a realizar el 14 de mayo de 2012; copia certificada por la Secretaria Municipal de la citación de fecha 22/04/2012 realizada a los miembros del Consejo Económico y Social de La Florida a Sesión Ordinaria N° 2 para informar acerca de las observaciones recibidas a la Modificación N° 5; oficio Ord. N° 114.005/11 de fecha 07/12/2011, emitido por el Ministerio del Medio Ambiente, dando cuenta que el Informe Ambiental Estratégico de la Modificación N°5, presenta los contenidos mínimos y da cuenta de las consideraciones ambientales incorporadas al Plan Regulador; certificado de la Secretaria Municipal de fecha 16/05/2012, que certifica que en Sesión Extraordinaria N° 80, de fecha 16/05/2012, el Concejo Municipal adoptó los acuerdos Nos 1169, 1170, 1171, 1172 que dan respuesta a las observaciones realizadas por la comunidad y el Acuerdo N° 1173 que aprueba la Modificación N° 5 La Florida; copia certificada por la Secretaria Municipal del decreto exento N° 4.231, de fecha 23/10/2012, que aprueba la Modificación N° 5 al Plan Regulador Comunal de La Florida; copia certificada por la Secretaria Municipal, con las cartas enviadas a los vecinos, con las respuestas a las observaciones que formularon, éstas son: Ord. N° 534, Ord. N° 535, Ord. N° 536, Ord. N° 537, Ord. N° 538, Ord. N° 539, Ord. N° 540, Ord. N° 541, Ord. N° 542, Ord. N° 543, Ord. N° 544, Ord. N° 545, Ord. N° 546, Ord. N° 547, Ord. N° 548, Ord. N° 549, Ord. N° 550, Ord. N° 551, Ord. N° 552, Ord. N° 553, Ord. N° 554, Ord. N° 555, Ord. N° 556, Ord. N° 557, todos de fecha 04/06/2012 y listado de correo certificado; Ord. 5489, de fecha 14/12/2012, emitido por el Secretario Ministerial Metropolitano de Vivienda y Urbanismo, que acusa recibo y emite observaciones a la Modificación N° 5; documentos que apoyan la resolución de observaciones al proyecto: ordinario N° 4987, de fecha 27/10/11 de la Seremi de Vivienda y Urbanismo, donde se pronuncia sobre solicitud de interpretación PRMS en terrenos localizados en Área Verde Metropolitana, más plano PRMS-11-20 de fecha 27/10/11, con normativa PRMS aplicable a predios Jardín del Edén; Plano PRMS-09-36b con interpretación trazado faja de restricción y parque quebrada Sin Nombre O-7; carta Aguas Andinas N° 012154, de fecha 22/07/09, donde se solicita factibilidad de agua potable y alcantarillado para nuevo Plan Regulador de La Florida; certificado de la Secretaria Municipal que justifica plazo excedido de realización de Sesión Extraordinaria que toma acuerdos y finalmente aprueba la Modificación N° 5 al PRC; Memoria Explicativa, Texto Aprobatorio, Estudio de Riesgo y Protección Ambiental, Estudio de Factibilidad Agua Potable, Alcantarillado de Aguas Servidas y Aguas Lluvia, Estudio de Suficiencia de Equipamiento Comunal, Estudio de Capacidad Vial, Planos Aprobados; Ord. N° 522, de fecha 05/02/13, emitido por el Secretario Ministerial Metropolitano de Vivienda y Urbanismo, que emite informe técnico favorable a la modificación N° 5 del PRC de La Florida.
Los artículos 42°, 43° y 44° de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y artículo 2.1.11 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones; lo previsto en la Ley N° 19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado y en los artículos 3° letra b, 6° letra b de la ley N° 18.695, y en uso de las facultades que me confiere la Ley N° 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades,
Decreto:
Promúlgase la siguiente
MODIFICACIÓN N°5 DEL PLAN REGULADOR COMUNAL DE LA FLORIDA
Modifícase el Plan Regulador Comunal de La Florida, aprobado por resolución N° 47/2000 del Gobierno Regional Metropolitano, de fecha 6 de diciembre de 2000, publicado en el Diario Oficial del 17 de agosto de 2001 y rectificado por resolución N° 80, del 7 de noviembre de 2001, publicada en el Diario Oficial del 12 de enero de 2002, y sus modificaciones y enmiendas posteriores.
La presente modificación incluye los artículos 7, 12, 15, 17, 19, 20, 21, 23, 24, 26, 27, 28, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 38, 39, 40 y 41 de su Ordenanza Local y la Memoria Explicativa. Se modifican, además, los planos PRLF-1 de Edificación y PRLF-2 de Usos de Suelo, de acuerdo a lo graficado en los planos PRLF-1/12 Edificación, PRLF-2/12 Usos de Suelo, que en este acto se aprueban.
Modifícase la Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal de La Florida en el siguiente sentido:
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Modifícase el artículo 7 "Glosario" en los siguientes términos:
-
Elimínanse las definiciones de "Centro de
Reparación Automotor" y "Centro de Servicio
Automotriz".
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En la definición de "Planta de Revisión Técnica"
reemplázase la expresión "escala comunal" por la
expresión "comercio".
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Modifícase el artículo 12 "dosamientos"en los siguientes términos: reemplácese la frase "se considerará que las edificaciones adosadas deberán tener 3.00 m. de distanciamiento mínimo con respecto a la línea de edificación." por la frase "se aplicará OGUC".
-
Reemplácese el numeral 5 del artículo 15 "Estacionamientos" por el siguiente:
-
Todo proyecto de equipamiento y/o vivienda
colectiva deberá considerar la siguiente
cantidad de estacionamientos para personas con
discapacidad en relación a la cantidad total de
estacionamientos:
Estos estacionamientos deberán tener ancho y largo mínimo, de acuerdo a lo señalado en el artículo 2.4.2 de la OGUC, y deberán estar debidamente señalizados.
-
Reemplázase el cuadro del numeral 6 del artículo 15 "Estacionamientos", por el siguiente nuevo cuadro:
-
Reemplácese el numeral 7 del artículo 15 "Estacionamientos", por el siguiente:
"7. Se establece una franja de 300 m., medidos desde la Línea...
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