Decreto 1157 - MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL A LA EMPRESA TELEFÓNICA MÓVILES CHILE S.A.
Emisor | MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES |
Rango de Ley | Decreto |
MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL A LA EMPRESA TELEFÓNICA MÓVILES CHILE S.A.
Santiago, 20 de diciembre de 2007.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 1.157.- Vistos:
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El decreto ley Nº1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
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La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
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El Nº1 del artículo 3º del párrafo III de la resolución Nº55 de 1992, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por la resolución Nº 520, de 1996, ambas de la Contraloría General de la República.
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La resolución exenta Nº308, de 2000, modificada por la resolución exenta Nº81, de 2001, ambas de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que destina las Bandas de Frecuencias 1.865 -
1.870 MHz; 1.885 - 1.895 MHz; 1.945 - 1.950 MHz. y 1.965 - 1.975 MHz al servicio público de telefonía móvil.
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Los decretos supremos Nº657 y Nº658, ambos de 2002, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgan las concesiones.
Considerando:
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Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº38.762 de 18.07.2007.
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Que no se presentaron oposiciones a la
publicación en extracto de la solicitud de modificación de concesión.
Decreto:
Modifícase la concesión de Servicio Público de Telefonía Móvil, otorgada a la empresa Telefónica Móviles Chile S.A., R.U.T. Nº87.845.500-2, con domicilio en Av. El Bosque Sur Nº90, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.
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Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar doce (12) radioenlaces, según se indica a continuación:
NOTA: VER DIARIO OFICIAL DE 07.05.2008, PAGINA 39
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Los plazos máximos se indican a continuación:
Inicio Término Inicio
Obras Obras Servicio Observación
1 mes 18 meses 24 meses Todos estos plazos están
referidos a la fecha de
publicación en el Diario
Oficial del presente
decreto.
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