Resolución núm. 4022 EXENTA, publicada el 17 de Julio de 2014. MODIFICA FECHA DE APLICACIÓN DE LOS PROTOCOLOS DE ENSAYOS PE Nº 5/15, PE Nº 5/15/2, PE Nº 5/17 Y PE Nº 5/17/2, PARA LA CERTIFICACIÓN DE LOS PRODUCTOS ELÉCTRICOS QUE SE INDICAN - MINISTERIO DE ENERGÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 520086754

Resolución núm. 4022 EXENTA, publicada el 17 de Julio de 2014. MODIFICA FECHA DE APLICACIÓN DE LOS PROTOCOLOS DE ENSAYOS PE Nº 5/15, PE Nº 5/15/2, PE Nº 5/17 Y PE Nº 5/17/2, PARA LA CERTIFICACIÓN DE LOS PRODUCTOS ELÉCTRICOS QUE SE INDICAN

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ENERGÍA
Rango de LeyResolución

MODIFICA FECHA DE APLICACIÓN DE LOS PROTOCOLOS DE ENSAYOS PE Nº 5/15, PE Nº 5/15/2, PE Nº 5/17 Y PE Nº 5/17/2, PARA LA CERTIFICACIÓN DE LOS PRODUCTOS ELÉCTRICOS QUE SE INDICAN

Núm. 4.022 exenta.- Santiago, 1 de julio de 2014.- Vistos: El DFL Nº 4/20.018, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de energía eléctrica; el artículo 3º Nº 14, de la ley Nº 18.410, orgánica de esta Superintendencia; el artículo 4º, letra i), del decreto ley Nº 2.224, de 1978, modificado por la ley 20.402 que crea al Ministerio de Energía; el decreto Nº 298, de 2005, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; y la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, sobre exención del trámite de toma de razón.

Considerando:

  1. Que mediante resoluciones exentas Nº 3.623 (modificada mediante RE Nº 710 de fecha 25.03.2013) y Nº 1.649 de fecha 28.12.2011 y 11.09.2012 respectivamente, se estableció que para poder comercializar en el país los productos eléctricos Lámpara Halógena de tungsteno para uso doméstico y propósitos similares de iluminación general y Lámparas Led con balasto incorporado para servicio general de iluminación, los importadores, fabricantes y comercializadores de los mismos, deberán certificar y verificar, previamente, que éstos cuenten con los respectivos Certificados de Aprobación de Seguridad y Eficiencia Energética, a partir del 01.10.2013.

    Mediante resolución exenta Nº 2.011, de fecha 15.10.2013, se modificaron las fechas de aplicación de los protocolos de acuerdo a la Tabla 1.

    Tabla 1. Fecha de publicación

  2. Que mediante resoluciones exentas Nº 1.663 y 1.874, de fechas 31.07.2013 y 09.09.2013 respectivamente, se autorizó al Organismo nacional Lenor Chile para la certificación de los productos antes nombrados en convenio con laboratorios extranjeros de acuerdo al detalle mostrado en Tabla 2.

    Tabla 2. Resumen de autorizaciones

  3. Que mediante carta Nº OP 679, de fecha 30.04.2014, Lenor Chile informa que el convenio realizado por esta empresa con el laboratorio extranjero CVC de China para los productos señalados en la Tabla 2, no se encuentra en funcionamiento pues esa empresa extranjera, si bien cuenta con acreditación, está en proceso de mantención de sus laboratorios no encentrándose en condiciones de brindar los servicios de ensayos.

  4. Que mediante cartas OP Nº 6098 de fecha 17.04.2014, OP Nº 6179 de fecha 22.04.2014, OP Nº 7425 de fecha...

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