Decreto núm. 982, publicado el 04 de Mayo de 1987. MODIFICA ORDENANZA SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR PERMISOS, CONCESIONES Y SERVICIOS - MUNICIPALIDAD DE PUENTE ALTO - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470941050

Decreto núm. 982, publicado el 04 de Mayo de 1987. MODIFICA ORDENANZA SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR PERMISOS, CONCESIONES Y SERVICIOS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE PUENTE ALTO
Rango de LeyDecreto

MODIFICA ORDENANZA SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR PERMISOS, CONCESIONES Y SERVICIOS

Núm. 982.- Puente Alto, 31 de Diciembre de 1986.- Vistos: El Art. 6 transitorio y demás pertinentes del DL No.

3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales y teniendo presente las facultades que me confiere el DL No. 1289, de 1976, Ley Orgánica de Municipios y Administración Comunal y el Decreto Alcaldicio No. 757, de 30 de Diciembre de 1983, que contiene la Ordenanza sobre Derechos Municipales por Permisos, Concesiones y Servicios, modificado por Decreto Alcaldicio No. 875, de 30 de Diciembre de 1984 y No. 900, de 31 de Diciembre de 1985.

Considerando: La necesidad de adecuar el cobro de ciertos derechos municipales a la realidad socio-económica de la comuna, a las instrucciones emanadas de la Intendencia de la Región Metropolitana y a las nuevas disposiciones legales y reglamentarias que inciden en la naturaleza y monto de los derechos,

Decreto:

Modifícase la Ordenanza sobre Derechos Municipales por Permisos, Concesiones y Servicios, contenida en el Decreto Alcaldicio No. 757, de 30 de Diciembre de 1983, en la Forma que se señala:

  1. Sustitúyese el Título IV de dicha Ordenanza por la siguiente:

TITULO IV Derechos Municipales sobre Transporte, Tránsito y Vehículos Artículos 8 a 11
Artículo 8

El permiso de Estacionamiento Reservado en bienes nacionales de uso público, en los casos de la Ley de Tránsito y Plan Regulador Comunal y demás normas legales aplicables lo permitan, estará gravado con los siguientes derechos anuales:

  1. - Automóviles y vehículos particulares 4 UTM

  2. - Vehículos de Carga 6 UTM

  3. - Vehículos de Pasajeros 5 UTM

  4. - Labores de carga y descarga de especies valoradas 8 UTM

Artículo 9

Los servicios Municipales por revisiones técnicas de vehículos efectuada para cualquier trámite que no sea el otorgamiento de permisos de circulación pagará los siguientes derechos:

  1. - Verificación de número de motor, transformación,

    clasificaciones y otros afines, incluido el certificado

    correspondiente, cuando sea el caso 10% UTM

    A domicilio del contribuyente 15% UTM

  2. - Revisión y control de taxímetro, triángulo y control

    en la licencia por segundo semestre. 10% UTM

Artículo 10

Los permisos y servicios que se señalan más adelante, pagarán los siguientes derechos:

  1. - Permisos de circulación (duplicados y por

    transferencia). 10% UTM

  2. - Duplicado de sello valorado (Auto -...

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