Decreto núm. 351, publicado el 09 de Julio de 1986. MODIFICA ORDENANZA LOCAL DE DERECHOS MUNICIPALES
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MUNICIPALIDAD DE CATEMU |
Rango de Ley | Decreto |
MODIFICA ORDENANZA LOCAL DE DERECHOS MUNICIPALES
Núm. 351.- Catemu, Junio 13 de 1986.- Vistos: Estos antecedentes, la necesidad de modificar la Ordenanza Municipal No. 2 de fecha 19 de Enero de 1981 y teniendo presente lo dispuesto en el Art. 43 del DL. 3.063 de 1979 y en uso de las facultades y atribuciones que me confieren los Art. No. 06, 12 y 13 de la Ley Orgánica de Municipios y Administración Comunal, lo previsto en los Decretos Leyes No. 25 y 34 de la H. Junta de Gobierno; lo dispuesto en el Decreto Supremo No. 531/76 del Ministerio del Interior; Resolución No. 1.050 de 1980 del Sr. Contralor General de la República; Decreto Nombramiento No. 622 del 08 de Mayo de 1985 y en mi calidad de Alcalde de la I. Municipalidad de Catemu,
Decreto:
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- Modifíquese, a contar del 15 de Junio de 1986 la Ordenanza Local de Derechos Municipales No. 2 en el Artículo que se señala a continuación:
Los Servicios por registro de traslado y otros similares respecto de establecimiento u oficinas gravadas con patente Municipal, pagarán los siguientes Derechos Municipales:
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- Comercio Ambulante al mes 10 % UTM.
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- Comercio Ambulante diario 5% UTM.
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- Altoparlante para propaganda, anual 1 UTM.
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- Venta de leche anual 30 % UTM.
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- Autorización especial transitoria para
expendio de Bebidas Alcohólicas en
Fuentes de Soda, Clubes Sociales, o
Deportivos, Juntas de Vecinos y otros
particulares, según Art. 159 de la
Ley 17.105 sobre alcoholes, bebidas
alcohólicas y vinagres, por Día 30 % UTM.
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- Fondas y Ramadas, por día de
funcionamiento 50% UTM.
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- Locales Comerciales en general,
cancelarán Semestralmente con la
Patente Comercial por...
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