Decreto núm. 396, publicado el 02 de Enero de 1988. MODIFICA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES - MUNICIPALIDAD DE PENCO - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 471168038

Decreto núm. 396, publicado el 02 de Enero de 1988. MODIFICA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE PENCO
Rango de LeyDecreto

MODIFICA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES

Penco, 23 de diciembre de 1987.- La alcaldía municipal con esta fecha decreta lo que sigue:

Núm. 396.- Vistos: el Decreto Alcaldicio Nº 099 de 20.04.82 publicado en el Diario Oficial de 11.05.82, que sancionó la Ordenanza Local sobre Derechos Municipales por servicios, concesiones y permisos; el Decreto Alcaldicio Nº 207/82 publicado en el Diario Oficial de 07.09.82; el Decreto Alcaldicio Nº 315/83 publicado en el Diario Oficial de 30.11.83; el Decreto Alcaldicio Nº 178/84, publicado en el Diario Oficial de 23.07.84; la necesidad de introducir nuevas modificaciones a la Ordenanza Local sobre Derechos Municipales; los Artículos 41, 42 y 43 del DL Nº 3.063/79 sobre Ley de Rentas Municipales; y, conforme a las facultades que me confiere el Decreto Ley Nº 1.289/75 sobre Ley Orgánica de Municipios y de Administración Comunal,

Decreto:

Artículo primero

Introdúcese las siguientes modificaciones a la Ordenanza Local sobre derechos Municipales por servicios, concesiones y permisos, sancionada por D.A. Nº 99 de 20.04.82.-.

  1. - Agrégase al Artículo 4º el siguiente número:

  2. - Al excedente de basura, sobre los 200 litros diario, al usuario se le aplicará un cobro adicional de un 2% de una UTM, por cada 20 lts.-

  3. - Modifícase el término "Padrón" expresado en los números 3 y 4 del Artículo 5º, por la expresión "Permiso de Circulación".

  4. - Elimínese el punto 7 del Artículo 5, pasando los puntos 8 y 9 a denominarse 7 y 8 respectivamente.

  5. - Agrégase al artículo 5º, el siguiente nuevo punto Nº 9:

  6. - Cambios de sellos por permiso de circulación; 10% de una UTM.-

  7. - Modifícase los guarismos porcentuales de UTM, de los artículos que se indican, quedando en los porcentajes que se señalan:

Artículo 7º Nº 1; 5%

Nº 2; 20%

Nº 5; 8%

Artículo 8º Nº 1; 40%

Nº 2, a); 1% y 10%

Nº 2. b); 3% y 15%

Nº 2, c); 5% y 20%

Nº 2, d); e); f); y g) 3%

Nº 3, a) 2,5 UTM

Nº 3, b) 1 UTM

Nº 3, c) 60%

Nº 3; d) 15%

Nº 4, a) 60%

Nº 4, b) 40%

Nº 4, c) y d) 30%

Nº 5, a) 8%

Nº 5, b) y c) 2%

Artículo 9º Nº 1; 40%

Nº 2; 20%

Nº 3, 25%

Nº 4, 3%

Nº 5; 5%

Artículo 10 Nº 1; 4%

Nº 2; 2%

Nº 3; 20%

Nº 4; 20% y 3%

Artículo 11º Nº 1; 15%

Nºs. 2 y 3; 3%

Nº 4; 12%

Nº 5; 3%

Artículo segundo

Agrégase al Artículo 11º, los siguientes numerandos:

  1. - Renuncia de: patentes; 10% de una UTM si ésta se presente entre el 01...

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