Decreto núm. 29, publicado el 21 de Marzo de 1989. MODIFICA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MUNICIPALIDAD DE RENGO |
Rango de Ley | Decreto |
MUNICIPALIDAD DE RENGO MODIFICA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES Núm. 29.- Rengo, 08 de Marzo de 1989.- Considerando:
El Dto. Alcaldicio N° 6 de fecha 04.01.89, publicado en DO del 23.01.89 que modifica Ordenanza Local sobre derechos municipales de concesiones, permisos y servicios Lo solicitado por la Subsecretaría del Interior en Ord.
N° L-0257 del 08.02.89 en relación con la Circ. N° L-37 del 22.09.86 del Min. del Interior, la modificación del referido decreto y ordenanza en materia que señala;
La necesidad de corregir además, en el mismo decreto lo relativo a impuesto en estampillas municipales;
Vistos:
La Ordenanza Local sobre derechos municipales, permisos, servjcios, controles, concesiones, etc. aprobada por DA N° 8/84, 5/86, 3/87, 17/88 y 176/88;
Lo dispuesto en el Art. 43° del DL 3.063 de 1979, Ley de Rentas Municipales; y, en uso de las facultades conferidas por los Arts. 3° al 11° de la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades,
Decreto:
Modifícase la Ordenanza Local sobre derechos municipales por permisos, servicios, controles y concesiones, etc. aprobadas y actualizadas por Dto. Adm. ya citados, decreto Alc. N° 6 de 1989, en los artículos que a continuación se mencionan:
En el rubro "Derechos que deberán ser girados por Depto. de Obras Municipales, en los N°s. y decretos Adms. que allí se señalan y se reemplaza el N° 1 subdivisiones y loteos, 1.5% avalúo fiscal terreno" por lo siguiente:
1.1. Subdivisiones: 1% del avalúo fiscal del terreno.
1.2. Loteos: 1,5% del avalúo fiscal del terreno.
N° 14, letras "a" y "b" Art. 1° Dto. Adm. N° 8 del 27.01.82. "Pases sepultación en Cementerio Juan Egenau" de propiedad municipal.
Dice: Indigentes: sin costo.
Otros: (en estampillas fiscales) 5% UTM.
Debe decir: Indigentes: Sin costo.
Otros: (En estampillas municipales) 5% UTM.
Art. 2°: Derechos que deberán ser girados por el Depto. de Finanzas, sin perjuicio de la contribución de patente municipal que corresponda:
Dice:
13° a) Derecho de...
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