Decreto 3451 - MODIFICA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES - MUNICIPALIDAD DE LA GRANJA - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 242332346

Decreto 3451 - MODIFICA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES

EmisorMUNICIPALIDAD DE LA GRANJA
Rango de LeyDecreto

MODIFICA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES

Núm. 3.451.- La Granja, 10 de diciembre de 2003.- Vistos: El decreto Nº 2.984, de fecha 19 de diciembre de 2001, que fija el texto refundido de la Ordenanza Local sobre Derechos Municipales de la Ilustre Municipalidad de La Granja, la cual fue publicada en la edición del Diario Oficial de fecha 28 de diciembre de 2001;

El memorándum Nº 544, de fecha 10 de noviembre de 2003, mediante el cual el Director de Obras Municipales sugiere modificaciones a la Ordenanza sobre Derechos Municipales;

El memorándum Nº 256, de fecha 13 de noviembre de 2003, a través del cual la Directora de Finanzas sugiere modificación a la Ordenanza de Derechos Municipales a objeto de incluir el cobro por el Servicio de Baños Químicos en las Ferias Libres de la comuna;

Los acuerdos Nº 368 y 372 de fecha 3 de diciembre de 2003 y 10 de diciembre de 2003, tomados por el Concejo Municipal, en Sesión Ordinaria Nº 37 y Extraordinaria Nª 16, verificadas en las citadas fechas.

Y vistos además, las facultades que me confieren el Art. 63º de la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, en su texto refundido por D.F.L. Nº 1/19.704, de fecha 3 de mayo de 2002;

D e c r e t o:

Introdúcense al texto vigente de la Ordenanza Local sobre Derechos Municipales, las siguientes modificaciones;

En el Título VI, "Derechos Relativos a las concesiones y permisos de contrataciones o instalaciones en Bienes Nacionales de Uso Público", se agrega un nuevo numeral al artículo Nº 13, con el guarismo 19, y con el siguiente tenor:

  1. Servicio de Baños Químicos en las Ferias

    Libres de la comuna

    por cada puesto, semestral 0,45 UTM.

    En el Título IX, "Derechos Relativos a Urbanización y Construcción", en el artículo 18º, se sustituye su texto por el siguiente:

  2. - Certificados Subdivisión y Loteo 2.00 Avalúo

    Fiscal

  3. - Obra Nueva y Ampliación 1.50% del

    presupuesto

  4. - Alteraciones, reparaciones,

    obras menores y provisorias 1.00% del

    presupuesto

  5. - Planos Tipos, autorizados por

    el MINVU 1.00% del

    presupuesto

  6. - Reconstrucción 1.00% del

    presupuesto

  7. - Modificaciones de proyecto 0.75% del

    presupuesto

  8. - Demoliciones 0.50% del

    presupuesto

  9. - Aprobación de planos para

    venta por piso (por unidad a vender) 2. C.A.V.

  10. - Revisión Planos de fusión

    de terrenos, certificados de número,

    línea, recepción, ventas por piso 1...

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