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Decreto núm. 156, publicado el 05 de Abril de 2010. MODIFICA DECRETO Nº 127, DE 2006, QUE APRUEBA PLAN GENERAL DE USO DEL ESPECTRO RADIOELÉCTRICO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

MODIFICA DECRETO Nº 127, DE 2006, QUE APRUEBA PLAN GENERAL DE USO DEL ESPECTRO RADIOELÉCTRICO

Santiago, 4 de diciembre de 2009.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 156.- Vistos: El artículo 326 de la Constitución Política de la República de Chile; la letra f) del artículo del decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones; la ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones; el decreto supremo Nº127 de 2006, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, y sus modificaciones, que aprobó el Plan General de Uso del Espectro Radioeléctrico; la resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que fijó normas sobre exención del trámite de toma de razón; y,

Considerando: La necesidad de administrar eficientemente la utilización del espectro radioeléctrico y, en uso de mis atribuciones legales,

Decreto:

Artículo único

Introdúcense las siguientes modificaciones en el decreto supremo Nº 127 de 2006, modificado por los decretos supremos Nº 956 de 2007, Nº 737 de 2008 y Nº 31 de 2009, todos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprueba el Plan General de Uso del Espectro Radioeléctrico.

  1. Reemplácese en el artículo 4, Sección IV "Cuadro de Atribución de Bandas de Frecuencias", la atribución de las siguientes bandas de frecuencias:

    - Las bandas 3400 - 3600 MHz y 3600 - 3700 MHz. por la siguiente:

    "3400 - 3700 FIJO

    MÓVIL salvo móvil aeronáutico (139A)

    Fijo por satélite (espacio-Tierra)"

  2. Introdúcese en el artículo 4, Sección V "Notas al Cuadro de Atribución de Bandas de Frecuencias", la siguiente nota:

    "139A. Las asignaciones en la banda 3400 - 3500 MHz al servicio MÓVIL salvo móvil aeronáutico deberán coordinarse internacionalmente, teniéndose presente lo establecido en el número 9.21 del Reglamento de Radiocomunicaciones de la UIT y en el Cuadro 21-4 del citado Reglamento (Edición de 2004)."

    Anótese, tómese razón...

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