Decreto 414 - MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL CELULAR A LA EMPRESA CLARO CHILE S.A. - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 240539566

Decreto 414 - MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL CELULAR A LA EMPRESA CLARO CHILE S.A.

EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL CELULAR A LA EMPRESA CLARO CHILE S.A.

Santiago, 22 de abril de 2008.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 414.- Vistos:

  1. El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.

  2. La ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.

  3. El Nº 1 del artículo 3º del párrafo III de la resolución Nº 55 de 1992, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por la resolución Nº 520, de 1996, ambas de la Contraloría General de la República.

  4. La resolución exenta Nº 354 de 1988, que fija la Norma Técnica para el Servicio Público de Telefonía Móvil Celular que opera en la Banda de 800 MHz, modificada por la resolución exenta Nº 643 de 1997, ambas de la Subsecretaría de Telecomunicaciones.

  5. Los decretos supremos Nº 223 de 1989 y Nº 159 de 1993, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión, y sus modificaciones posteriores.

    Considerando:

  6. Lo solicitado por la interesada mediante Ingreso Subtel Nº 59.993 de 03.12.2007.

  7. Que no se presentaron oposiciones a la

    publicación en extracto de la solicitud de modificación de concesión.

    Decreto:

    Modifícase la concesión de Servicio Público de Telefonía Móvil Celular, otorgada a la empresa Claro Chile S.A., R.U.T. Nº 96.799.250-K, con domicilio en Av. del Cóndor Nº 820, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.

    1. Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar veinte y cuatro (24) Estaciones Base, cuyas características técnicas se indican a continuación:

      NOTA: VER DIARIO OFICIAL DE 14.06.2008, PAGINA 17

      Las Estaciones Base se conectarán a la red existente, a través de medios propios o arrendados a terceros debidamente autorizados.

    2. Los plazos serán los que a continuación se indican:

      NOTA: VER DIARIO OFICIAL DE 14.06.2008, PAGINA 17

    3. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentada por la concesionaria, en lo relacionado con los sistemas y equipos de...

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