Decreto núm. 160, publicado el 10 de Marzo de 1987. MODIFICA CONCESION DE RADIODIFUSION SONORA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES |
Rango de Ley | Decreto |
MODIFICA CONCESION DE RADIODIFUSION SONORA
Santiago, 03 de Septiembre de 1986.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 160.- Vistos:
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Los artículos 6°, 8°, 14°, 24° letra d) y 35° de la Ley No. 18.168 de 1982.
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Los artículos 1°, 4° y 6° letra f), DL No. 1.762 de 1977.
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El artículo lo de la Ley No. 16.436.
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El No. 2, letra b) del párrafo II de la Resolución No. 1.050 de 1980 de la Contraloría General de la República.
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El artículo 38° inciso cuarto del Reglamento General de Telecomunicaciones.
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El Decreto Supremo No. 73 de fecha 11.12.84 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Considerando:
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La necesidad de disponer el cambio de frecuencia de la radioemisora, a fin de solucionar la interferencia producida a la Compañía Chilena de Generación Eléctrica S.A., en la zona del Cajón del Maipo.
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Lo propuesto por la Subsecretaría de Telecomunicaciones por oficio Ord. No. 82.707 del 03.09.86,
Decreto:
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- Rectifícase la concesión de radiodifusión sonora en Onda Media otorgada a Sociedad Radio Minería Sociedad Anónima, para la ciudad de Viña del Mar, mediante Decreto Supremo No. 173 de fecha 11 de Diciembre de 1984, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, en el sentido de cambiar la frecuencia que le fuera asignada a la radioemisora indicada de 142,075 MHz a 142,100 MHz.
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- Dentro del plazo máximo de un año, a contar de la fecha de la total tramitación del presente Decreto, la concesionaria deberá iniciar el servicio en la nueva frecuencia asignada, con los medios indicados en el proyecto original.
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- Esta rectificación de concesión se dispone sin perjuicio del derecho de terceros legalmente adquirido y, en conformidad con lo dispuesto en la Ley General de Telecomunicaciones y sus Reglamentos y con sujeción a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes.
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- Antes de iniciar el servicio que se rectifica por el presente Decreto, la concesionaria debe solicitar a la Subsecretaría de Telecomunicaciones, por carta certificada, la verificación...
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