Decreto 140 - ESTABLECE LA METODOLOGÍA PARA DETERMINAR MENSUALMENTE EL AJUSTE DE TARIFAS PARA EL SISTEMA DE TRANSPORTE PÚBLICO DE LA PROVINCIA DE SANTIAGO Y DE LAS COMUNAS DE SAN BERNARDO Y PUENTE ALTO, CONFORME A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 14, LETRA A), DE LA LEY Nº20.378, QUE CREA UN SUBSIDIO NACIONAL PARA EL TRANSPORTE PÚBLICO REMUNERADO DE PASAJEROS
Emisor | MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES |
Rango de Ley | Decreto |
ESTABLECE LA METODOLOGÍA PARA DETERMINAR MENSUALMENTE EL AJUSTE DE TARIFAS PARA EL SISTEMA DE TRANSPORTE PÚBLICO DE LA PROVINCIA DE SANTIAGO Y DE LAS COMUNAS DE SAN BERNARDO Y PUENTE ALTO, CONFORME A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 14, LETRA A), DE LA LEY Nº20.378, QUE CREA UN SUBSIDIO NACIONAL PARA EL TRANSPORTE PÚBLICO REMUNERADO DE PASAJEROS
Núm. 140.- Santiago, 14 de diciembre de 2009.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo 32 Nº 6, de la Constitución Política de la República; la ley N° 20.378, que Crea un Subsidio Nacional para el Transporte Público remunerado de Pasajeros, específicamente en su artículo 14, letra a); el decreto con Fuerza de Ley Nº 343, de 1953, del Ministerio de Hacienda; el decreto con Fuerza de Ley Nº 279, de 1960, del Ministerio de Hacienda; el decreto ley Nº557, de 1974, del Ministerio del Interior; la ley Nº 18.059; la ley 18.696; la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1) Que conforme lo dispone el artículo 14, letra a), de la ley Nº20.378, que crea un Subsidio Nacional para el Transporte Público Remunerado de Pasajeros, corresponderá al Panel de Expertos, entre otras funciones, determinar mensualmente el ajuste de tarifas del sistema de transporte público de la Provincia de Santiago y de las comunas de San Bernardo y Puente Alto, requerido para mantener el valor real de éstas.
2) Que, asimismo, de acuerdo a la norma legal precitada, la determinación anteriormente señalada deberá efectuarse conforme a la metodología que se establezca en un reglamento emitido por el Ministro de Transportes y Telecomunicaciones, suscrito también por el Ministro de Hacienda, la que deberá dar cuenta de las variaciones de los costos del sistema de transporte público remunerado de pasajeros.
Ministro de Hacienda, la que deberá dar cuenta de las variaciones de los costos del sistema de transporte público remunerado de pasajeros,
Decreto:
Apruébase el siguiente reglamento del artículo 14, letra a) de la ley Nº20.378, que crea un Subsidio Nacional para el Transporte Público de Pasajeros:
La metodología que deberá emplear el Panel de Expertos a que se refiere el...
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