Decreto núm. 165, publicado el 17 de Mayo de 1977. OTORGA A LA CORPORACION METODISTA CONCESION PARA ESTABLECER UNA ESTACION RADIODIFUSORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA SANTIAGO - MINISTERIO DE DEFENSA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470735950

Decreto núm. 165, publicado el 17 de Mayo de 1977. OTORGA A LA CORPORACION METODISTA CONCESION PARA ESTABLECER UNA ESTACION RADIODIFUSORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA SANTIAGO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE DEFENSA
Rango de LeyDecreto

OTORGA A LA CORPORACION METODISTA CONCESION PARA ESTABLECER UNA

ESTACION RADIODIFUSORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA SANTIAGO

Santiago, 29 de Abril de 1977.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 165.- Vistos: a) El artículo N° 48° del DFL. N° 4, de 1959 (Interior): b) El artículo 2° del DL. N° 76, de 1973; c) El artículo N° 8 de la resolución N° 1.100, de 1973, de la Contraloría General de la República; d) El N° 8 del punto IV de la ley N° 16.436; e) Lo propuesto por la Superintendencia de Servicios Eléctricos, de Gas y de Telecomunicaciones;

Decreto:

  1. - Otórgase a la Corporación Metodista, domiciliada en

    Santiago, calle Sargento Aldea N° 1041, en conformidad a lo dispuesto

    en la Ley General de Servicios Eléctricos y en sus Reglamentos, por un

    plazo de 30 años, contados desde la publicación de este decreto en el

    Diario Oficial, una concesión para establecer en la ciudad de Santiago

    una estación radiodifusora en frecuencia modulada de 1.000 watts de

    potencia útil en antena, sin perjuicio del derecho de terceros

    legalmente adquirido. La concesión quedará sujeta, además, a las

    disposiciones legales y reglamentarias vigentes o que se dicten en el

    futuro sobre la materia.

  2. - Quedan comprendidos en la presente concesión los bienes

    afectos a ella: equipos transmisores, sistemas irradiantes, equipos de

    estudios y todos los elementos o accesorios necesarios para su

    funcionamiento y explotación.

  3. - Las características técnicas serán las siguientes:

    - Frecuencia: 97.7 MHz.

    - Potencia: 1.000 watts.

    - Tipo de emisión: 200 F 3.

    - Desviación máxima: ( 75 KHz.

    - Señal distintiva: XQB-14.

    El Presidente de la República, previo informe de la

    Superintendencia de Servicios Eléctricos, de Gas y de

    Telecomunicaciones (en adelante la Superintendencia), podrá disponer

    que el concesionario modifique estas características por razones de

    orden técnico, de interés público o en cumplimiento de acuerdos o

    convenios internacionales obligatorios para el Estado, sin que por

    ello el concesionario pueda formular reclamo alguno.

  4. - Apruébanse los planos y memorias descriptivas de la

    radiodifusora y cuyo presupuesto asciende a la suma de $ 213.272.

    La documentación será archivada en la Superintendencia y sin

    perjuicio de la obligación del concesionario de presentar nuevos

    planos y memorias descriptivas en caso de modificaciones futuras o

    antes de proceder a solicitar la recepción de las instalaciones de la

    concesión de que trata el presente decreto.

  5. - La...

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