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Decreto núm. 596, publicado el 14 de Julio de 1998. PROMULGA EL MEMORANDUM DE ENTENDIMIENTO SOBRE EDUCACION CON LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto

PROMULGA EL MEMORANDUM DE ENTENDIMIENTO SOBRE EDUCACION CON LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA

Núm. 596.- Santiago, 22 de abril de 1998.- Vistos: Los artículos 32, Nº 17, y 50, Nº 1), inciso segundo, de la Constitución Política de la República.

Considerando:

Que con fecha 16 de abril de 1998 los Gobiernos de la República de Chile y de los Estados Unidos de América suscribieron, en Santiago, el Memorándum de Entendimiento sobre Educación.

Que dicho Memorándum de Entendimiento fue adoptado en el marco del Acuerdo Básico de Cooperación Científica y Tecnológica, publicado en el Diario Oficial de 16 de abril de 1994.

D e c r e t o:

Artículo único

Promúlgase el Memorándum de Entendimiento sobre Educación, suscrito entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de los Estados Unidos de América el 16 de abril de 1998; cúmplase y llévese a efecto como Ley y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.

Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.- José Miguel Insulza, Ministro de Relaciones Exteriores.

Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Cristián Barros Melet, Embajador, Director General Administrativo.

MEMORANDUM DE ENTENDIMIENTO SOBRE EDUCACION ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA

El Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de los Estados Unidos de América (en adelante denominados "las Partes"):

Considerando el Acuerdo entre ambos Gobiernos en Materia de Cooperación Educativa, suscrito en Washington D.C. el día 26 de febrero de 1997, y el Acuerdo Básico de Cooperación Científica y Tecnológica, suscrito entre ambos Gobiernos el 14 de mayo de 1992, declaran su intención de profundizar las relaciones entre ambos Gobiernos en materia de educación, de acuerdo a los siguientes principios orientadores:

Las actividades previstas que se realicen en el marco del presente Memorándum, serán ejecutadas de acuerdo a las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias aplicables en las Partes. Asimismo, cuando el desarrollo de actividades implique la asignación de recursos financieros, ellas estarán sujetas a la existencia y disponibilidad de los citados recursos en los respectivos países. Sobre la base de ese marco las Partes harán sus mayores esfuerzos para contar con las condiciones favorables para llevar a cabo la cooperación.

Las Partes intentarán identificar nuevas áreas para el desarrollo de actividades conjuntas en educación, y cuando lo estimen adecuado, extender, fortalecer o ampliar iniciativas en los programas incluidos en el Anexo de este Memorándum de Entendimiento.

  1. A objeto de llevar adelante una adecuada ejecución de lo dispuesto en el presente Memorándum, las Partes:

    Estimularán y facilitarán la profundización de las relaciones entre entidades educacionales de carácter nacional, regional o local y particularmente entre establecimientos de nivel básico y medio, como asimismo de otras entidades y establecimientos educacionales que tengan interés o trabajen en el ámbito de la educación en los dos países;

    Estimularán actividades educacionales que involucren a profesores, a investigadores, a académicos, a administradores educacionales, a autoridades formuladoras de políticas sectoriales, como asimismo a otros especialistas.

    Se dará especial énfasis a las siguientes áreas para elegir actividades a ser ejecutadas:

    Uso de tecnologías en educación;

    Estándares, indicadores y evaluación;

    Fortalecimiento de la formación y desarrollo profesional de profesores y administradores de la educación;

    Cooperación en educación superior;

    Ampliación del intercambio académico;

    Financiamiento de la educación, y Educación agrícola, forestal y en medio ambiente.

    Las Partes podrán trabajar en forma conjunta y con otras naciones del hemisferio, de...

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