Decreto 16 - PROMULGA EL MEMORÁNDUM DE ENTENDIMIENTO ENTRE LA REPÚBLICA DE CHILE Y LA REPÚBLICA DE MOZAMBIQUE EN EL ÁMBITO DE LOS RECURSOS MINERALES
Emisor | MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES |
Rango de Ley | Decreto |
PROMULGA EL MEMORÁNDUM DE ENTENDIMIENTO ENTRE LA REPÚBLICA DE CHILE Y LA REPÚBLICA DE MOZAMBIQUE EN EL ÁMBITO DE LOS RECURSOS MINERALES
Núm. 16.- Santiago, 14 de enero de 2009.- Vistos: Los artículos 32, Nºs. 6 y 15, y 54, Nº 1), inciso cuarto, de la Constitución Política de la República.
Considerando:
Que con fecha 8 de mayo de 2008, la República de Chile y la República de Mozambique suscribieron, en Santiago, el Memorándum de Entendimiento en el Ámbito de los Recursos Minerales.
Que se dio cumplimiento a lo previsto en el Artículo 15 del Memorándum y, en consecuencia, éste entrará en vigor internacional el 23 de enero de 2009,
Decreto:
Promúlgase el Memorándum de Entendimiento entre la República de Chile y la República de Mozambique en el Ámbito de los Recursos Minerales, suscrito en Santiago el 8 de mayo de 2008;
cúmplase y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.
Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Alejandro Foxley Rioseco, Ministro de Relaciones Exteriores.
Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Gonzalo Arenas Valverde, Embajador, Director General Administrativo.
MEMORÁNDUM DE ENTENDIMIENTO ENTRE LA REPÚBLICA DE CHILE Y LA REPÚBLICA DE MOZAMBIQUE EN EL ÁMBITO DE LOS RECURSOS MINERALES
La República de Chile y la República de Mozambique, en adelante denominadas las "Partes" e, individualmente, la "Parte",
Con el deseo de promover y profundizar las relaciones de amistad, fraternidad y cooperación entre los dos países en el ámbito de los Recursos Minerales, sobre la base del respeto mutuo entre ambos Estados, de la soberanía nacional y la integridad territorial, de la independencia y la no intervención en los asuntos internos de cada país;
Conscientes de las ventajas de esta cooperación para ambos Estados,
Acuerdan lo siguiente:
Objeto
El presente Memorándum de Entendimiento tiene por objeto establecer las bases jurídicas, con miras a promover la cooperación entre las Partes en el ámbito de los Recursos Minerales.
Ámbito de la Cooperación
La cooperación que establece este Memorándum abarca las siguientes áreas:
-
Prospección y búsqueda de recursos minerales;
-
Investigación de tecnologías ambientalmente sanas;
-
Promoción de inversiones en el sector geológico- minero; en especial, en la exploración minera en pequeña escala y en la adición de valores;
-
Promoción de la comercialización de productos minerales;
-
Inspección y seguridad minera;
-
Formación técnico-profesional en las áreas de:
...
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