Decreto 126 - PROMULGA EL MEMORÁNDUM DE ENTENDIMIENTO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA PARA LA COOPERACIÓN EN ASUNTOS ANTÁRTICOS
Emisor | MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES |
Rango de Ley | Decreto |
Fecha de entrada en vigor | 30 de Enero de 2012 |
PROMULGA EL MEMORÁNDUM DE ENTENDIMIENTO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA PARA LA COOPERACIÓN EN ASUNTOS ANTÁRTICOS
Núm. 126.- Santiago, 16 de septiembre de 2011.- Vistos: El artículo 32, Nº 15, y 54, Nº 1), inciso cuarto, de la Constitución Política de la República.
Considerando:
Que con fecha 16 de agosto de 2011 el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Colombia suscribieron en Santiago, el Memorándum de Entendimiento para la Cooperación en Asuntos Antárticos.
Que dicho Memorándum de Entendimiento fue celebrado en el marco del Tratado Antártico, publicado en el Diario Oficial el 2 de diciembre de 1961, y del Convenio Básico de Cooperación Técnica y Científica entre la República de Chile y la República de Colombia, publicado en el Diario Oficial el 17 de octubre de 1997.
Decreto:
Promúlgase el Memorándum de Entendimiento entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Colombia para la Cooperación en Asuntos Antárticos, suscrito en Santiago el 16 de agosto de 2011; cúmplase y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.
Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Alfredo Moreno Charme, Ministro de Relaciones Exteriores.
Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Ignacio Larraín Arroyo, Embajador, Director General Administrativo.
MEMORÁNDUM DE ENTENDIMIENTO PARA LA COOPERACIÓN EN ASUNTOS ANTÁRTICOS ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
El Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Colombia (en adelante, "las Partes"),
Reiterando su deseo de fortalecer la cooperación bilateral y los lazos de amistad entre ambos países;
Teniendo presente los Artículos II y III del Tratado Antártico, así como las Recomendaciones, Medidas, Decisiones y Resoluciones de las Reuniones Consultivas del Tratado Antártico que hacen hincapié en la importancia de la cooperación internacional en las actividades científicas que se realizan en la Antártica;
Considerando la Declaración Conjunta de los Presidentes de la República de Chile y de la República de Colombia, suscrita en Santiago el 11 de octubre de 2000, en la cual ratifican el pleno respeto a los principios y normas del Tratado Antártico, asimismo, el interés...
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