Resolución núm. 1763 EXENTA, publicada el 03 de Octubre de 2014. ESTABLECE CONTROL OBLIGATORIO DE LOBESIA BOTRANA EN LAS ESPECIES VEGETALES QUE INDICA, EN LA REGIÓN DEL MAULE
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE AGRICULTURA |
Rango de Ley | Resolución |
ESTABLECE CONTROL OBLIGATORIO DE LOBESIA BOTRANA EN LAS ESPECIES VEGETALES QUE INDICA, EN LA REGIÓN DEL MAULE
Núm. 1.763 exenta.- Talca, 24 de septiembre de 2014.- Vistos: Lo dispuesto en la ley Nº 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero y sus modificaciones posteriores; el decreto ley Nº 3.557, de 1980, sobre Protección Agrícola; la resolución del Servicio Agrícola y Ganadero Nº 3.080 de 2003, y sus modificaciones que establece criterios de regionalización en relación a las plagas cuarentenarias para el territorio de Chile; la resolución Nº 4.287, de 2014 del Servicio Agrícola y Ganadero; y el documento estrategia 2014-2015 Programa Nacional de Lobesia Botrana; lo dispuesto en la resolución Nº 88, de 2014, del Director Nacional del Servicio y lo señalado en la resolución Nº 1.600 del año 2008, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
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Que el Servicio Agrícola y Ganadero es la autoridad oficial encargada de velar por la protección del patrimonio fitosanitario del país.
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Que mediante resolución Nº 4.287, de 2014, del Servicio Agrícola y Ganadero, se establece el control Obligatorio de la Plaga Polilla del racimo de la Vid, Lobesia Botrana, el cual se aplicará a todas las variedades de la especie vid (Vitis vinifera) u otras especies vegetales que sean afectadas por la plaga.
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Que, Lobesia Botrana corresponde a una plaga cuarentenaria conforme resolución Nº 3.080 de 2003 y sus modificaciones, que establece los criterios de regionalización en relación a las plagas cuarentenarias para el territorio de Chile.
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Que se deben consolidar las medidas fitosanitarias necesarias para contener el avance de la plaga Lobesia Botrana a nuevas áreas y especies vegetales, y al mismo tiempo tender a su erradicación en las áreas de baja prevalencia de la misma; conforme a la estrategia del control oficial aprobada y difundida al inicio de cada temporada.
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Que en la Región del Maule, se distinguen claramente un área de contención de la plaga, caracterizadas por altos niveles poblacionales, y además una zona sur (provincias de Linares y Cauquenes) con bajos niveles de captura de Lobesia Botrana.
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Que en el Documento "Estrategia 2014-2015 Programa Nacional de Lobesia Botrana" se define el concepto de área priorizada como aquella que por su bajo nivel de plaga, unido a otras características inherentes a la epidemiología de la plaga presenta claras opciones para lograr la erradicación de la misma en el corto plazo.
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Que la resolución...
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