Decreto núm. 99, publicado el 23 de Febrero de 1977. AUTORIZA A LA CORPORACION DENOMINADA 'LLOYD'S REGISTER OF SHIPPING', PARA DESARROLLAR ACTIVIDADES EN EL PAIS - MINISTERIO DE JUSTICIA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470759178

Decreto núm. 99, publicado el 23 de Febrero de 1977. AUTORIZA A LA CORPORACION DENOMINADA 'LLOYD'S REGISTER OF SHIPPING', PARA DESARROLLAR ACTIVIDADES EN EL PAIS

EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA
Rango de LeyDecreto

AUTORIZA A LA CORPORACION DENOMINADA "LLOYD'S REGISTER OF SHIPPING", PARA DESARROLLAR ACTIVIDADES EN EL PAIS

Santiago, 26 de Enero de 1977.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 99.- Vistos: estos antecedentes; lo dispuesto en el decreto ley Nº 527, publicado en el Diario Oficial de 26 de Junio de 1974; en el artículo 34 del decreto reglamentario Nº 1.540, publicado en el Diario Oficial de 18 de Junio de 1966; lo informado por el Consejo de Defensa del Estado y la opinión manifestada por el Departamento Asesor del Ministerio de Justicia, en relación con el informe de dicho Consejo, que esta Secretaría de Estado hace suya,

Decreto:

  1. - Autorízase a la corporación denominada "Lloyd's Register of Shipping", con sede en la ciudad de Londres, Inglaterra, fundada en 1760, conforme a la ley inglesa, cuyos estatutos y demás antecedentes se encuentran protocolizados al final del registro de escrituras públicas del mes de Junio de 1975, bajo el Nº 15, ante el notario de Valparaíso don Fernando Farren Cornejo, suplente del titular don Jorge Alemparte Jiménez, para que desarrolle actividades en el país, siempre que se ajuste a las leyes chilenas y no contraríe las buenas costumbres y el orden público.

  2. - Los fines de la entidad son los de obtener para el uso de comerciantes, armadores y aseguradores una fiel y exacta clasificación de la Marina Mercante, aprobar proyectos, inspeccionar y librar informes sobre aerodeslizadores no mercantes, instalaciones terrestres y anfibias y sobre maquinarias, aparatos, materiales y métodos de producción en serie de todas clases, con el objeto de testificar el cumplimiento con sus planos y especificaciones y su idoneidad para su particular empleo.

  3. - El término durante el cual desarrollará sus actividades en Chile será de cincuenta años, a contar de la fecha de publicación del presente decreto en el Diario Oficial.

  4. - El domicilio de la citada corporación será la ciudad de Valparaíso, V Región.

  5. - El mandatario de la corporación en Chile será don Jan Kokelaar, con las siguientes atribuciones:

    1. Representar a la institución en todas las negociaciones y transacciones que se acuerden con el Gobierno de Chile o con el Consejo de Ministros y cualquier otro Ministerio de la República de Chile, respecto a cualquier tema entre la organización y cualquier autoridad, compañía o individuo en Chile; comparecer como representante de la organización ante todas las autoridades chilenas competentes, ya sean administrativas o...

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