Ley núm. 18580, publicada el 02 de Diciembre de 1986. APRUEBA LA LEY DE PRESUPUESTOS DEL SECTOR PUBLICO PARA EL AñO 1987 - MINISTERIO DE HACIENDA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470682898

Ley núm. 18580, publicada el 02 de Diciembre de 1986. APRUEBA LA LEY DE PRESUPUESTOS DEL SECTOR PUBLICO PARA EL AñO 1987

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyLey

LEY N° 18.580

MINISTERIO DE HACIENDA

Aprueba la Ley de Presupuestos del Sector Público para el año 1987

(Publicada en el "Diario Oficial" N° 32.637, de 2 de diciembre de 1986)

La Junta de Gobierno de la República de Chile ha dado su aprobación al siguiente

PROYECTO DE LEY:

"I- CALCULO DE INGRESOS Y ESTIMACIONES DE GASTOS

ARTICULO 1°

Apruébase el Cálculo de Ingresos y la Estimación de los Gastos del Presupuesto del Sector Público, para el año 1987, según el detalle que se indica:

A.- En Moneda Nacional:

En miles de $

-------------

Resumen de los Deducciones de

Presupuestos Transferencias Valor

de las Partidas Intra Sector Neto

--------------- ------------ ----

INGRESOS 1.180.549.383 87.641.831 1.092.907.552

------------- ---------- -------------

Ingresos de

operación------ 137.199.915 39.357.042 97.842.873

Imposiciones

previsionales-- 76.219.974 76.219.974

Ingresos

tributarios---- 687.019.531 687.019.531

Venta de

activos-------- 76.866.282 76.866.282

Recuperación de

préstamos------ 29.733.244 29.733.244

Transferencias- 61.449.471 48.284.789 13.164.682

Otros ingresos- -2.640.789 -2.640.789

Endeudamiento-- 102.684.995 102.684.995

Operaciones años

anteriores----- 2.630.978 2.630.978

Saldo inicial de

caja----------- 9.385.782 9.385.782

GASTOS 1.180.549.383 87.641.831 1.092.907.552

------------- ---------- -------------

Gastos en

personal------- 175.100.043 175.100.043

Bienes y servicios

de consumo----- 63.738.139 63.738.139

Bienes y servicios

para producción- 10.082.893 10.082.893

Prestaciones

previsionales-- 306.051.279 306.051.279

Transferencias

corrientes----- 327.381.758 85.575.874 241.805.884

Inversión real- 98.421.790 98.421.790

Inversión

financiera----- 50.552.266 50.552.266

Transferencias de

capital-------- 24.103.225 1.632.219 22.471.006

Servicio de la

deuda pública-- 95.409.378 433.738 94.975.640

Operaciones años

anteriores------ 13.889.715 13.889.715

Otros compromisos

pendientes------ 5.984.220 5.984.220

Saldo final de

caja------------ 9.834.677 9.834.677

B.- En Moneda Extranjera convertida a dólares:

En miles de US$

---------------

Resumen de los Deducciones de

Presupuestos Transferencias Valor

de las Partidas Intra Sector Neto

--------------- ------------ ----

INGRESOS 897.266 44.439 852.827

------ -- ------- ---------

Ingresos de

operación------ 194.262 194.262

Ingresos

tributarios---- 144.770 144.770

Venta de

activos-------- 3.040 3.040

Recuperación de

préstamos------- 3.395 3.395

Transferencias-- 44.439 44.439

Otros ingresos-- 142.914 142.914

Endeudamiento--- 347.447 347.447

Operaciones años

anteriores----- 22 22

Saldo inicial

de caja-------- 16.977 16.977

Gastos 897.266 44.439 852.827

Gastos en

personal------ 51.534 51.534

Bienes y servicios

de consumo---- 85.444 85.444

Bienes y servicios

para producción- 371 371

Prestaciones

previsionales--- 142 142

Transferencias

corrientes------ 18.715 790 17.925

Inversión real-- 11.983 11.983

Inversión

financiera------ 65.817 65.817

Transferencias

de capital----- 139.767 42.167 97.600

Servicio de la

deuda pública-- 518.627 1.482 517.145

Operaciones años

anteriores----- 185 185

Otros compromisos

pendientes----- 679 679

Saldo final de

caja---------- 4.002 4.002

ARTICULO 2°

Apruébase el Cálculo de Ingresos Generales de la Nación y la estimación de los aportes fiscales en moneda nacional y en moneda extranjera convertida a dólares, para el año 1987 a las Partidas que se indican:

En Miles de $ En Miles de US$

------------- ---------------

INGRESOS GENERALES

DE LA NACION:

Ingresos de

operación--------- 60.368.686 180.287

Ingresos tributarios 687.019.531 144.770

Venta de activos--- 357.398

Recuperación de

préstamos---------- 111.020

Transferencias----- 42.888

Otros ingresos------ -2.805.083 24.133

Endeudamiento------ 69.830.968 321.199

Saldo inicial de

caja 141.943 500

TOTAL INGRESOS---- 815.067.351 670.889

APORTE FISCAL:

En Miles de $ En Miles de US$

------------ ---------------

Presidencia de la

República-------------- 1.861.782 2.109

Poder Legislativo------ 1.439.290

Poder Judicial--------- 5.091.389

Contraloría General

de la República-------- 1.606.442

Ministerio del Interior:

- Presupuesto del

Ministerio---------- 5.788.539 3.200

- Fondo Nacional de

Desarrollo

Regional------------ 6.454.356

- Fondo Social-------- 9.898.668

- Municipalidad------- 732.711

Ministerio de Relaciones

Exteriores-------------- 1.268.671 56.142

Ministerio de Economía,

Fomento y Reconstrucción 2.281.409

Ministerio de Hacienda-- 7.363.935 4.734

Ministerio de Educación

Pública----------------- 132.533.128

Ministerio de Justicia-- 12.807.812

Ministerio de Defensa Nacional:

Presupuesto Fuerzas Armadas

- Subsecretaría de

Guerra--------------- 31.292.746 20.784

- Subsecretaría de

Marina--------------- 26.299.455 25.582

- Subsecretaría de

Aviación------------- 14.382.712 24.459

Presupuesto Fuerzas de Orden y

Seguridad Pública:

- Subsecretaría de

Carabineros---------- 23.271.914 3.669

- Subsecretaría de

Investigaciones------ 5.125.992 358

Ministerio de Obras

Públicas----------------- 31.976.438

Ministerio de

Agricultura-------------- 5.476.047

Ministerio de Bienes

Nacionales--------------- 462.497

Ministerio del Trabajo y Previsión

Social:

- Presupuesto del

Ministerio---------- 2.021.426

- Instituciones de

Previsión----------- 230.933.315

Ministerio de Salud

Pública------------------ 38.248.394

Ministerio de Minería---- 1.873.290 1.805

Ministerio de la

Vivienda y Urbanismo----- 24.169.098

Ministerio de Transportes

y Telecomunicaciones---- 710.573

Secretaría General de

Gobierno---------------- 903.751 560

Programas Especiales del Tesoro

Público:

- Subsidios-------- 61.492.712

Operaciones

- Complementarias--- 47.932.348 140.873

- Deuda Pública------ 79.366.511 386.614

TOTAL APORTES----- 815.067.351 670.889

ARTICULO 3°

La inversión de las cantidades consignadas en los ítem 61 al 74 de los presupuestos de los servicios e instituciones del sector público, para el año 1987, solamente podrá efectuarse previa identificación de los proyectos de inversión. Tal identificación deberá ser aprobada, a nivel de asignaciones especiales, por decreto supremo expedido por intermedio del Ministerio de Hacienda, el que deberá llevar, además, la firma del Ministro del ramo correspondiente. Respecto de la inversión de las cantidades consignadas en los ítem 61 al 73 de los presupuestos del Fondo Nacional de Desarrollo Regional, dicha identificación se efectuará por resolución del Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo del Ministerio del Interior, la que deberá ser visada por la Dirección de Presupuestos. Estas resoluciones y las que se dicten durante el año 1987 en conformidad a lo establecido en el inciso quinto de este artículo, se entenderán de ejecución inmediata, sin perjuicio de la remisión de los originales a la Contraloría General de la República para su toma de razón y control posterior.

Una vez fijados los códigos y el nombre del proyecto, éstos no podrán ser modificados. Los proyectos de inversión que se hayan iniciado en años anteriores conservarán el nombre y el código que les haya correspondido en el Banco Integrado de Proyectos. No obstante, durante 1987, estos últimos podrán ser modificados con autorización de la Oficina de Planificación Nacional.

En la aplicación de la norma establecida en el inciso anterior, respecto de proyectos nuevos del Fondo Nacional de Desarrollo Regional, deberá exigirse, como documento interno de la Administración, que el organismo al cual será destinada la obra acredite el financiamiento para su operación.

La identificación en la forma dispuesta precedentemente se aplicará respecto de los fondos aprobados para los ítem 53 "Estudios para Inversiones". En estas identificaciones no será necesario consignar la cantidad destinada al estudio correspondiente.

No obstante lo dispuesto en los incisos precedentes, la identificación de las asignaciones que se creen en el transcurso del año 1987, se ajustará a las normas generales establecidas por aplicación del artículo 26° del decreto ley 1.263, de 1975.

Ningún servicio podrá celebrar contratos que comprometan la inversión de recursos de los ítem antes indicados o de otros recursos asociados a inversiones de la misma naturaleza, sin antes haberse efectuado la identificación que establece el inciso...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR