Ley núm. 21303, publicada el 22 de Enero de 2021. MODIFICA LA LEY N° 20.422, QUE ESTABLECE NORMAS SOBRE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES E INCLUSIÓN SOCIAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD, PARA PROMOVER EL USO DE LA LENGUA DE SEÑAS
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y FAMILIA |
Rango de Ley | Ley |
LEY NÚM. 21.303
MODIFICA LA LEY N° 20.422, QUE ESTABLECE NORMAS SOBRE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES E INCLUSIÓN SOCIAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD, PARA PROMOVER EL USO DE LA LENGUA DE SEÑAS
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley iniciado en mociones, la primera, correspondiente al boletín N° 10.913-31, de las diputadas Marcela Hernando Pérez, Loreto Carvajal Ambiado y Alejandra Sepúlveda Orbenes, los diputados Iván Flores García, Carlos Abel Jarpa Wevar y Jorge Rathgeb Schifferli; la exdiputada Clemira Pacheco Rivas y los exdiputados Claudio Arriagada Macaya, Daniel Farcas Guendelman e Iván Fuentes Castillo; la segunda, correspondiente al boletín N° 11.603-31, de los exdiputados Daniel Melo Contreras y Claudio Arriagada Macaya, los diputados Leonardo Soto Ferrada, Joaquín Lavín León y Vlado Mirosevic Verdugo; las diputadas Marcela Hernando Pérez y Maya Fernández Allende y las exdiputadas Clemira Pacheco Rivas y Denise Pascal Allende; y la tercera, correspondiente al boletín N° 11.928-31, de las diputadas y los diputados Víctor Torres Jeldes, José Miguel Ortiz Novoa, Emilia Nuyado Ancapichún, Jaime Naranjo Ortiz, Jorge Sabag Villalobos, María José Hoffmann Opazo, Marcela Hernando Pérez, Joanna Pérez Olea, Daniel Verdessi Belemmi y Andrés Longton Herrera,
Proyecto de ley:
" Artículo único.- Incorpóranse las siguientes modificaciones en la ley N°20.422, que establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad:
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Agréganse en el artículo 6 las siguientes letras g), h) e i):
"g) Persona con discapacidad auditiva: Aquella que, debido a su funcionalidad auditiva reducida o inexistente, producida por enfermedad, accidente o vejez, en la interacción con el entorno se enfrenta a barreras que impiden su acceso a la información y comunicación auditiva oral dadas por la lengua mayoritaria.
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Persona sorda: Aquella que, a partir de su funcionalidad auditiva reducida o inexistente, adquirida desde su nacimiento o a lo largo de su vida, se ha desarrollado como persona eminentemente visual, tiene derecho a acceder y usar la lengua de señas, a poseer una cultura sorda e identificarse como miembro de una comunidad lingüística y cultural minoritaria.
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Comunidad sorda: Grupo de personas que constituyen una minoría lingüística y cultural, conformado principalmente por personas sordas y organizaciones de personas sordas de cualquier tipo, en la que también pueden...
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