Ley núm. 21296, publicada el 10 de Diciembre de 2020. MODIFICA LA CARTA FUNDAMENTAL PARA FACILITAR LA SUSCRIPCIÓN DE PATROCINIOS Y LA DECLARACIÓN E INSCRIPCIÓN DE LISTAS DE CANDIDATURAS INDEPENDIENTES, CON MIRAS A LA ELECCIÓN DE LOS INTEGRANTES DEL ÓRGANO CONSTITUYENTE A QUE SE REFIERE SU DISPOSICIÓN VIGÉSIMO NOVENA TRANSITORIA - MINISTERIO SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 852807898

Ley núm. 21296, publicada el 10 de Diciembre de 2020. MODIFICA LA CARTA FUNDAMENTAL PARA FACILITAR LA SUSCRIPCIÓN DE PATROCINIOS Y LA DECLARACIÓN E INSCRIPCIÓN DE LISTAS DE CANDIDATURAS INDEPENDIENTES, CON MIRAS A LA ELECCIÓN DE LOS INTEGRANTES DEL ÓRGANO CONSTITUYENTE A QUE SE REFIERE SU DISPOSICIÓN VIGÉSIMO NOVENA TRANSITORIA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA
Rango de LeyLey

LEY NÚM. 21.296

MODIFICA LA CARTA FUNDAMENTAL PARA FACILITAR LA SUSCRIPCIÓN DE PATROCINIOS Y LA DECLARACIÓN E INSCRIPCIÓN DE LISTAS DE CANDIDATURAS INDEPENDIENTES, CON MIRAS A LA ELECCIÓN DE LOS INTEGRANTES DEL ÓRGANO CONSTITUYENTE A QUE SE REFIERE SU DISPOSICIÓN VIGÉSIMO NOVENA TRANSITORIA

Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de reforma constitucional iniciado en una moción de los diputados Pepe Auth Stewart, Fernando Meza Moncada, Juan Luis Castro González, Francisco Undurraga Gazitúa, Gabriel Boric Font, Matías Walker Prieto, Carlos Abel Jarpa Wevar, Luciano Cruz-Coke Carvallo, Andrés Longton Herrera y Víctor Torres Jeldes,

Proyecto de reforma constitucional

"Artículo 1.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la disposición vigésimo novena transitoria de la Constitución Política de la República:

  1. Sustitúyese en el encabezado de su inciso único la frase "listas de candidatos independientes, las que se regirán por las siguientes reglas" por la siguiente: "listas de candidatos independientes o independientes fuera de lista, que se regirán por las siguientes reglas".

  2. A continuación del encabezado que finaliza con dos puntos, intercálase como primera regla la contenida en el siguiente párrafo:

    "Para declarar sus candidaturas, los candidatos y candidatas independientes fuera de lista requerirán el patrocinio de un número de ciudadanos independientes igual o superior al 0,2 por ciento de los electores que hubiesen sufragado en el respectivo distrito electoral en la anterior elección periódica de diputados, de acuerdo con el escrutinio general realizado por el Tribunal Calificador de Elecciones, a menos que dicho porcentaje de electores en un distrito electoral sea menor a 300, en cuyo caso se requerirá el patrocinio de 300 ciudadanos independientes.".

  3. Suprímese el párrafo segundo, que comienza con "Las listas" y finaliza con la expresión "de que se trate".

  4. Sustitúyese el párrafo tercero por el siguiente:

    "La declaración de esta lista estará sujeta a las mismas reglas que las candidaturas a diputado, en lo que les sea aplicable, la que además deberá contener un lema común que los identifique y un programa en el que se indicarán las principales ideas o propuestas relativas al ejercicio de su función constituyente. Esta lista requerirá el patrocinio de un número de ciudadanos independientes igual o superior al 0,5 por ciento de los electores que hubiesen sufragado en...

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