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Ley núm. 21017, publicada el 07 de Julio de 2017. FORTALECE LA COMPOSICIÓN DE LOS TRIBUNALES QUE INDICA, ASIGNANDO UNA DOTACIÓN ADICIONAL DE 110 JUECES

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Rango de LeyLey

LEY NÚM. 21.017

FORTALECE LA COMPOSICIÓN DE LOS TRIBUNALES QUE INDICA, ASIGNANDO UNA DOTACIÓN ADICIONAL DE 110 JUECES

Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

Proyecto de ley:

"Artículo 1.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el Código Orgánico de Tribunales:

  1. En el artículo 16:

    1. Reemplázase la expresión "Calama, con cuatro jueces" por "Calama, con cinco jueces".

    2. Sustitúyese la expresión "Antofagasta, con siete jueces" por "Antofagasta, con nueve jueces".

    3. Reemplázase la expresión "Copiapó, con cuatro jueces" por "Copiapó, con cinco jueces".

    4. Sustitúyese la expresión "La Serena, con tres jueces" por "La Serena, con cuatro jueces".

    5. Reemplázase la expresión "La Ligua, con un juez" por "La Ligua, con dos jueces".

    6. Sustitúyese la expresión "San Felipe, con dos jueces" por "San Felipe, con tres jueces".

    7. Reemplázase la expresión "Los Andes, con dos jueces" por "Los Andes, con tres jueces".

    8. Sustitúyese la expresión "Limache, con un juez" por "Limache, con dos jueces".

    9. Reemplázase la expresión "San Antonio, con cuatro jueces" por "San Antonio, con cinco jueces".

    10. Sustitúyese la expresión "Rancagua, con siete jueces" por "Rancagua, con nueve jueces".

    11. Reemplázase la expresión "Rengo, con dos jueces" por "Rengo, con tres jueces".

    12. Sustitúyese la expresión "Santa Cruz, con un juez" por "Santa Cruz, con dos jueces".

    13. Reemplázase la expresión "Molina, con un juez" por "Molina, con dos jueces".

    14. Sustitúyese la expresión "Talca, con cinco jueces" por "Talca, con seis jueces".

    15. Reemplázase la expresión "San Javier, con un juez" por "San Javier, con dos jueces".

    16. Sustitúyese la expresión "San Carlos, con un juez" por "San Carlos, con dos jueces".

    17. Reemplázase la expresión "Concepción, con siete jueces" por "Concepción, con ocho jueces".

    18. Sustitúyese la expresión "Angol, con un juez" por "Angol, con dos jueces".

    19. Reemplázase la expresión "Temuco, con seis jueces" por "Temuco, con ocho jueces".

    20. Sustitúyese la expresión "Valdivia, con tres jueces" por "Valdivia, con cuatro jueces".

    21. Reemplázase la expresión "Arica, con cinco jueces" por "Arica, con seis jueces".

    22. Sustitúyese la expresión "Puente Alto, con ocho jueces" por "Puente Alto, con nueve jueces".

    23. Reemplázase la expresión "Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, con doce jueces" por "Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, con catorce jueces".

  2. En el artículo 21:

    1. Reemplázase la expresión "Iquique, con once jueces" por "Iquique, con trece jueces".

    2. Sustitúyese la expresión "Calama, con seis jueces" por "Calama, con siete jueces".

    3. Reemplázase la expresión "Antofagasta, con diez jueces" por "Antofagasta, con trece jueces".

    4. Sustitúyese la expresión "La Serena, con nueve jueces" por "La Serena, con diez jueces".

    5. Reemplázase la expresión "Ovalle, con cinco jueces" por "Ovalle, con siete jueces".

    6. Sustitúyese la expresión "Viña del Mar, con trece jueces" por "Viña del Mar, con dieciséis jueces".

    7. Reemplázase la expresión "Valparaíso, con quince jueces" por "Valparaíso, con diecinueve jueces".

    8. Sustitúyese la expresión "San Antonio, con seis jueces" por "San Antonio, con siete jueces".

    9. Reemplázase la expresión "Rancagua, con doce jueces" por "Rancagua, con dieciséis jueces".

    10. Sustitúyese la expresión "Santa Cruz, con cuatro jueces" por "Santa Cruz, con siete jueces".

    11. Reemplázase la expresión "Curicó, con seis jueces" por "Curicó, con siete jueces".

    12. Sustitúyese la expresión "Talca, con seis jueces" por "Talca, con siete jueces".

    13. Reemplázase la expresión "Chillán, con seis jueces" por "Chillán, con siete jueces".

    14. Sustitúyese la expresión "Concepción, con dieciocho jueces" por "Concepción, con veintidós jueces".

    15. Reemplázase la expresión "Temuco, con nueve jueces" por "Temuco, con diez jueces".

    16. Sustitúyese la expresión "Valdivia, con seis jueces" por "Valdivia, con siete jueces".

    17. Reemplázase la expresión "Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, con dieciocho jueces" por "Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, con veinte jueces".

  3. En el artículo 27 bis:

    1. Intercálase el siguiente inciso segundo, nuevo, pasando el actual a ser tercero y los demás a ocupar el lugar que correlativamente les corresponde:

      "Los juzgados de letras con competencia común integrados por tres jueces tendrán la siguiente planta de personal: un administrador, un jefe de unidad, dos administrativos jefe, cinco administrativos 1º, tres administrativos 2º, dos administrativos 3º y cuatro auxiliares.".

    2. Reemplázase en el inciso segundo, que ha pasado a ser tercero, la expresión "el inciso anterior" por "los incisos anteriores".

    3. Reemplázase en el inciso cuarto, que ha pasado a ser quinto, la expresión "con dos jueces" por "con dos o tres jueces".

  4. En el inciso primero del artículo 27 ter reemplázase la expresión "con dos jueces" por "con dos o tres jueces".

  5. En el encabezado del artículo 27 quáter sustitúyese la expresión "con dos jueces" por "con dos o tres jueces".

  6. En la letra B del artículo 28 reemplázase la expresión "Pozo Almonte, con dos jueces" por "Pozo Almonte, con tres jueces".

  7. En la letra B del artículo 29 intercálase, después de la expresión "comuna de Tocopilla", la frase ", con dos jueces".

  8. En la letra B del artículo 30 intercálase, después de la expresión "comuna de...

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