Ley núm. 12052, publicada el 10 de Julio de 1956. MODIFICA LA LEY N° 10,383, DE 28 DE JULIO DE 1952 - MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y PREVISIÓN SOCIAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 497424134

Ley núm. 12052, publicada el 10 de Julio de 1956. MODIFICA LA LEY N° 10,383, DE 28 DE JULIO DE 1952

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y PREVISIÓN SOCIAL
Rango de LeyLey

MODIFICA LA LEY N° 10,383, DE 28 DE JULIO DE 1952 Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

Proyecto de ley:

"Artículo único.- Reemplázase el inciso primero del

artículo 40°

de la ley N° 10,383, por los siguientes:

"El familiar de un asegurado fallecido o la Sociedad de Socorros Mutuos que compruebe mediante facturas que se ha hecho cargo de los funerales del asegurado, recibirá como cuota mortuoria una suma equivalente a un sueldo vital del año 1956 de la cabecera del departamento en que se efectuó la sepultación. Esta suma se reajustará cada año en la misma proporción en que haya aumentado el salario medio de subsidios de ese año respecto al del año anterior, en caso de que el sueldo vital no haya tenido variación. Podrá, asimismo, el Servicio de Seguro Social hacer el pago proporcionando el servicio funerario correspondiente.

Se faculta al Consejo del Servicio de Seguro Social y al Consejo del Servicio Nacional de Salud para formar y...

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