Ley núm. 17990, publicada el 04 de Mayo de 1981. MODIFICA LA LEY DE IMPUESTO DE TIMBRES Y ESTAMPILLAS - MINISTERIO DE HACIENDA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 497182046

Ley núm. 17990, publicada el 04 de Mayo de 1981. MODIFICA LA LEY DE IMPUESTO DE TIMBRES Y ESTAMPILLAS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyLey

MODIFICA LA LEY DE IMPUESTO DE TIMBRES Y ESTAMPILLAS La Junta de Gobierno de la República de Chile ha dado su aprobación al siguiente

Proyecto de ley:

Artículo 1°

Introdúcense las siguientes modificaciones al decreto ley N° 3.475, de 1980:

  1. Deróganse los números 2, 4 y 5 del artículo 1° y el inciso primero del artículo 4°, y

  2. Sustitúyese el inciso final del artículo 17 por el siguiente:

"Las exigencias contenidas en el inciso anterior serán aplicables, en todo caso, a las facturas, las cuentas o los documentos que hagan sus veces y a los libros de contabilidad.".

Artículo 2°

Los notarios y los conservadores de bienes raíces estarán obligados a proporcionar al Servicio de Impuestos Internos la información que éste les exija respecto de las transferencias de bienes raíces en la forma, plazo y condiciones que el Director Nacional de dicho organismo determine. El incumplimiento de esta obligación será sancionado según lo previsto en el N° 1 del artículo 97 del Código Tributario.

Artículo 3°

Lo dispuesto en la presente ley regirá a contar de su publicación en el Diario Oficial. No obstante, no procederá la devolución de los impuestos que han debido pagarse en forma anticipada.

JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada, Miembro de la Junta de Gobierno.- FERNANDO MATTHEI AUBEL, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea, Miembro de la Junta de Gobierno.- CESAR MENDOZA DURAN, General Director de Carabineros, Miembro de la Junta de Gobierno.- CESAR RAUL BENAVIDES ESCOBAR, Teniente General de Ejército, Miembro de la Junta de Gobierno.

Por cuanto he tenido a bien aprobar la precedente ley, la sanciono y la firmo en señal de promulgación.

Llévese a efecto como ley de la República.

Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.

Santiago, veintiocho de Abril de mil novecientos ochenta y uno.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Sergio de Castro Spikula, Ministro de Hacienda.

Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Enrique Seguel Morel, Teniente Coronel, Subsecretario de Hacienda.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR