Decreto núm. 705, publicado el 28 de Noviembre de 1963. REEMPLAZA EL INCISO 1.o Y LAS LETRAS a) y b) DEL ARTICULO 41.o DEL REGLAMENTO ORGANICO DE LA EMPRESA DE TRANSPORTES COLECTIVOS DEL ESTADO - MINISTERIO DE ECONOMÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 497653670

Decreto núm. 705, publicado el 28 de Noviembre de 1963. REEMPLAZA EL INCISO 1.o Y LAS LETRAS a) y b) DEL ARTICULO 41.o DEL REGLAMENTO ORGANICO DE LA EMPRESA DE TRANSPORTES COLECTIVOS DEL ESTADO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA
Rango de LeyDecreto

REEMPLAZA EL INCISO 1.o Y LAS LETRAS a) y b) DEL ARTICULO 41.o DEL REGLAMENTO ORGANICO DE LA EMPRESA DE TRANSPORTES COLECTIVOS DEL ESTADO

Santiago, 12 de Noviembre de 1963.- S.E. decretó hoy lo que sigue:

Núm. 705.- Vistos: lo dispuesto en el artículo 72.o, N.o 2, de la Constitución Política del Estado y lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley N.o 169, del año 1960,

Decreto:

Reemplázase el inciso 1.o y las letras a) y b) del

artículo 41

o del Reglamento Orgánico de la Empresa de Transportes Colectivos del Estado, contenido en el decreto supremo N.o 88, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Subsecretaría de Transportes, del 29 de Enero de 1963, por los siguientes:

"Artículo 41°- Las adquisiciones y ventas estarán sometidas a las siguientes normas:

  1. Deberán llevarse a cabo en propuestas públicas del presupuesto anual de la Empresa, y requerirán, además, de la aprobación del Consejo cuando sean iguales o superiores al uno por ciento (1%) de dicho presupuesto.

  2. Sin embargo, habiéndose solicitado propuesta pública y rechazado todas ellas, en casos calificados y por razones de manifiesta conveniencia, podrá el...

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