Resolución núm. 93 AFECTA, publicada el 02 de Agosto de 2011. INVALIDA RESOLUCIÓN QUE INDICA Y REEMPLAZA POR LA PRESENTE RESOLUCIÓN QUE PROMULGA PLAN REGULADOR COMUNAL DE CURICÓ - GOBIERNO REGIONAL VII REGIÓN DEL MAULE - GOBIERNO REGIONAL - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469611450

Resolución núm. 93 AFECTA, publicada el 02 de Agosto de 2011. INVALIDA RESOLUCIÓN QUE INDICA Y REEMPLAZA POR LA PRESENTE RESOLUCIÓN QUE PROMULGA PLAN REGULADOR COMUNAL DE CURICÓ

Publicado enDiario Oficial
EmisorGOBIERNO REGIONAL VII REGIÓN DEL MAULE
Rango de LeyResolución

INVALIDA RESOLUCIÓN QUE INDICA Y REEMPLAZA POR LA PRESENTE RESOLUCIÓN QUE PROMULGA PLAN REGULADOR COMUNAL DE CURICÓ

Núm. 93 afecta.- Talca, 16 de marzo de 2011.- Vistos:

  1. - El artículo 111 de la Constitución Política del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por decreto supremo N° 100 de 17 de septiembre de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia;

  2. - La ley Nº 19.175, de 1992, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, cuyo texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado fue fijado por DFL 1/19175 del Ministerio del Interior, Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, promulgado el 8 de agosto de 2005 y publicado el 8 de noviembre del mismo año, y sus modificaciones;

  3. - El DFL N° 458 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, promulgado el 18 de diciembre de 1975 y publicado el 13 de abril de 1976, que aprueba nueva Ley General de Urbanismo y Construcciones y sus posteriores modificaciones, en especial, lo establecido en su artículo 43 inciso antepenúltimo que dispone que, aprobado el proyecto de plan regulador en la forma establecida en los incisos precedentes de la misma norma, será promulgado por resolución del intendente;

  4. - Que, la disposición citada, en su inciso penúltimo dispone que "los actos administrativos que promulguen la aprobación o modificación de un instrumento de planificación territorial deberán publicarse en el Diario Oficial, junto con la respectiva ordenanza." Y que "Los planos y la ordenanza correspondiente se archivarán en los Conservadores de Bienes Raíces respectivos, en la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, en la secretaría regional del Ministerio de Vivienda y Urbanismo respectiva y en las municipalidades correspondientes";

  5. - Ley Nº 20.481 de Presupuestos del Sector Público para el 2011;

  6. - El acuerdo N° 158-2007 del Concejo Municipal de Curicó, adoptado en Sesión Extraordinaria de fecha 12 de octubre de 2007, que aprueba el inicio del proceso de tramitación del nuevo Plan Regulador de la Comuna de Curicó de acuerdo a lo establecido en el artículo 2.1.11 de la OGUC, facultando al señor Alcalde para su gestión y encomendando a la Dirección de Obras Municipales coordinar dicho proceso ante los organismos pertinentes con el propósito de materializar finalmente la aprobación de dicho Plan Regulador, certificado por el Secretario Municipal de la I. Municipalidad de Curicó, en su calidad de ministro de fe;

  7. - El decreto exento N° 01775 de 23 de octubre de 2007 de la I. Municipalidad de Curicó que aprueba dar inicio al proceso de tramitación del nuevo Plan Regulador de la Comuna de Curicó, de acuerdo a lo establecido en el art. 2.1.11 de la OGUC. y encomienda a la Dirección de Obras Municipales la coordinación del proceso ante los organismos pertinentes;

  8. - El Acuerdo N° 228-2007 del Concejo Municipal de Curicó, de 18 de diciembre de 2007 y el decreto exento N° 26 de 07 de enero de 2008, que aprueban el proyecto del nuevo Plan Regulador Comunal de Curicó y las proposiciones de respuesta a las observaciones;

  9. - La resolución exenta N° 237 de fecha 7 de agosto de 2007 de la Comisión Regional del Medio Ambiente de la VII Región del Maule, que califica favorablemente el proyecto "Plan Regulador Comunal Curicó" y certifica que se cumplen todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto "Plan Regulador Comunal Curicó" cumple con la normativa de carácter ambiental;

  10. - El documento de fecha 11 de agosto de 2009, de la Unidad Jurídica de la Secretaria Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Región del Maule a la Jefa Departamento Desarrollo Urbano e Infraestructura de la misma repartición, en la cual informa que el estudio del Plan Regulador de la comuna de Curicó, se encuentra formalmente ajustado al procedimiento de aprobación consensuado y no merece observaciones de la Unidad Jurídica;

  11. - El oficio ordinario N° 1677 de 02 de noviembre de 2009 del Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Región del Maule, al señor Intendente Regional, por el cual emite informe técnico favorable al proyecto de Plan Regulador Comunal de Curicó y remite los antecedentes del caso para su aprobación por el Consejo Regional del Maule;

  12. - El ordinario N° UGD 3242 de 29 de diciembre de 2009, mediante el cual el Intendente Regional solicita la aprobación por parte del Consejo Regional del Maule del Plan Regulador de Curicó.

  13. - El Acta de la Sesión Ordinaria N° 483 del Consejo Regional del Maule, celebrada con fecha 05 de enero de 2010, cuya autenticidad se certifica, en su calidad de Ministro de Fe, por el Secretario Ejecutivo del Consejo Regional del Maule con fecha 9 de marzo de 2011, en que consta el acuerdo del Consejo Regional de aprobar íntegramente el Plan Regulador de la Comuna de Curicó y, el oficio ordinario N° 010 de fecha 06 de enero de 2010 de la Secretaria Ejecutiva del Consejo Regional del Maule, quien en su calidad de ministro de fe de ese órgano colegiado, comunica que en la Sesión Ordinaria citada, el Consejo Regional acordó aprobar la propuesta de Plan Regulador Comunal de Curicó;

  14. - La resolución afecta N° 21 de 05 de febrero de 2010 del Gobierno Regional del Maule, que promulgó el Plan Regulador de Curicó;

  15. - El oficio N° 003675 de fecha 29.06.2010, de Contraloría General de la República, Región del Maule;

  16. - El oficio ord. Nº UGD 1459 de 15 de julio de 2010 de Intendente Región del Maule (S) a la Secretaria Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo mediante el cual se devuelven los antecedentes y se solicita dar curso a las gestiones pertinentes que permitan subsanar los reparos contenidos en el documento de Contraloría citado en el numeral precedente;

  17. - El oficio ord. N° 813 de fecha 28 de julio de 2010 de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región del Maule al Alcalde de Curicó mediante el cual devuelve expedientes del Plan Regulador Comunal de Curicó;

  18. - El oficio Nº 935 de 08 de septiembre de 2010, mediante el cual el Alcalde de Curicó remite a la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región del Maule, el Plan Regulador de Curicó, dando cuenta de haberse subsanado las observaciones formuladas por Contraloría;

  19. - El oficio ord. Nº 1380 de 28 de octubre de 2010 de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región del Maule al Alcalde de Curicó mediante el cual se le solicita resolver a la brevedad las modificaciones necesarias para subsanar la totalidad de las observaciones realizadas por Contraloría General de la República al proyecto de Plan Regulador Comunal de Curicó;

  20. - El documento sin número de fecha 21 de noviembre de 2010 del Alcalde de Curicó, mediante el cual remite a la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región del Maule, respuesta a las observaciones pendientes del PRC de Curicó;

  21. - El ord. N° 1630 de 13 de diciembre de 2010 de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región del Maule al Intendente Regional donde envía respuestas preparadas por la I. Municipalidad de Curicó a observaciones al proyecto de Plan Regulador Comunal de Curicó, realizadas por la Contraloría General de la República;

  22. - El oficio ord. N° UGD 2855 de fecha 28 de diciembre de 2010 de la Unidad de Planificación y Desarrollo Regional del Gobierno Regional del Maule a la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región del Maule, que solicita rectificación de errores detectados en documentos que integran el Plan Regulador Comunal de Curicó;

  23. - El ord. Nº 0037 de 07 de enero de 2011 de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región del Maule, mediante el que se remite al señor Intendente Regional el Plan Regulador Comunal de Curicó, junto con los documentos que dan cuenta del proceso aprobatorio conforme al procedimiento del artículo 2.1.11 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones;

  24. - El ord. N° UGD 189 del 28 de enero de 2011, de Intendente Regional al Secretario Ejecutivo del Consejo Regional del Maule, mediante el que solicita aprobación del Plan Regulador de Parral y rectificaciones al Plan Regulador Comunal de Curicó;

  25. - Copia del Acta de la Sesión Ordinaria Nº 509 celebrada con fecha 01 de febrero de 2011 del Consejo Regional del Maule, cuya autenticidad se certificada, en su calidad de Ministro de Fe, por el Secretario Ejecutivo del Consejo Regional del Maule con fecha 9 de marzo de 2011, en la en que consta el acuerdo del Consejo Regional de aprobar las rectificaciones realizadas por la Contraloría General de la República al Plan Regulador de la Comuna de Curicó y, el oficio Ordinario N° 097 de fecha 02 de febrero de 2011 del Secretario Ejecutivo del Consejo Regional...

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