Decreto núm. 516, publicado el 13 de Abril de 1966. INTRODUCE MODIFICACIONES AL DECRETO SUPREMO DE INTERIOR N.° 1.897, DE 1965, SOBRE JORNADA CONTINUA DE TRABAJO - MINISTERIO DEL INTERIOR - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 497646426

Decreto núm. 516, publicado el 13 de Abril de 1966. INTRODUCE MODIFICACIONES AL DECRETO SUPREMO DE INTERIOR N.° 1.897, DE 1965, SOBRE JORNADA CONTINUA DE TRABAJO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR
Rango de LeyDecreto

INTRODUCE MODIFICACIONES AL DECRETO SUPREMO DE INTERIOR N.° 1.897, DE 1965, SOBRE JORNADA CONTINUA DE TRABAJO

Santiago, 25 de Marzo de 1966.- S. E. el Presidente de la República decretó hoy lo que sigue:

Núm. 516.- Teniendo presente:

Que las disposiciones contenidas en el decreto reglamentario N.° 1.897, de esta Secretaría de Estado, de 1965, en materia de interrupción de la jornada continua de trabajo por un período destinado a la colación, cuyo texto definitivo fue fijado por el decreto N.° 149 de 1966, de este mismo Ministerio, han sido objeto de interpretaciones controvertidas;

Que el propósito de la norma referida ha sido establecer una diferenciación por lo que en materia de intervalo de la jornada se refiere entre el sector público y privado, y

Vistos lo dispuesto en los artículo 2.° de la ley N.° 7.173 y 72.° de la Constitución Política del Estado,

Decreto:

Reemplázase el N.° 4 del decreto reglamentario N.° 1.897, de 1965, de este Ministerio, reemplazado por los decretos 2.058, de 1965 y 149, de 1966, de esta Secretaría de Estado, por el siguiente:

"4.- La jornada de trabajo se interrumpirá en las actividades mencionadas en el número anterior por un intervalo de 30 minutos.

Dicho intervalo no se imputará a la jornada efectiva de trabajo en las actividades privadas regidas por el Código del Trabajo. En el resto de las actividades el intervalo será de cargo de los...

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