Decreto núm. 244, publicado el 26 de Abril de 2014. MODIFICA POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA 'EMBALSE CONVENTO VIEJO II ETAPA, VI REGIÓN' - MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 508478278

Decreto núm. 244, publicado el 26 de Abril de 2014. MODIFICA POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA 'EMBALSE CONVENTO VIEJO II ETAPA, VI REGIÓN'

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Rango de LeyDecreto

MODIFICA POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA "EMBALSE CONVENTO VIEJO II ETAPA, VI REGIÓN"

Núm. 244.- Santiago, 7 de agosto de 2013.- Vistos:

- El DFL MOP Nº 850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 15.840, de 1964, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas y del DFL Nº 206, de 1960, Ley de Caminos.

- El decreto supremo MOP Nº 900 de 1996, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del DFL MOP Nº 164, de 1991, Ley de Concesiones de Obras Públicas, en especial su artículo 19º.

- El decreto supremo MOP Nº 956 de 1997, reglamento de la Ley de Concesiones de Obras Públicas, en especial el artículo 69º.

- El decreto supremo MOP Nº 273, de fecha 27 de abril de 2005, que adjudicó el contrato de concesión para la ejecución, conservación y explotación de la obra pública fiscal denominada "Embalse Convento Viejo II Etapa, VI Región".

- Las resoluciones DGOP (exentas) Nº 4.607 y Nº 5.294, de fechas 1 de octubre y 17 de noviembre, ambas de 2009.

- El decreto supremo MOP Nº 304, de fecha 28 de diciembre de 2009.

- Las actas de sesiones Nº12 y Nº13, de fechas 22 de diciembre de 2010 y 12 de enero de 2011, de la Comisión Conciliadora del contrato Embalse Convento Viejo II Etapa, VI Región y Acta de Conciliación de fecha 12 de enero de 2011, todas, de la "Reclamación Nº 3".

- El oficio Ord. IF-CV-EX Nº 191, de fecha 23 de diciembre de 2010.

- El oficio Ord. Nº 15, de fecha 7 de enero de 2011, de la Ministra de Hacienda (S).

- Minuta Descriptiva de las "Características Generales del Nuevo Trazado de la Fase 3", de fecha 29 de agosto de 2011, suscrita por el Gerente General de la Sociedad Concesionaria y el Inspector Fiscal del contrato.

- El oficio Ord. DOH Nº 390, de fecha 24 de enero de 2013, del Sr. Director Nacional de Obras Hidráulicas a la Sra. Directora General de Obras Públicas.

- La resolución exenta Nº 43, de fecha 25 de enero de 2013, del Ministro de Agricultura, que define situación de emergencia agrícola.

- La resolución DGOP (exenta) Nº 262, de fecha 25 de enero de 2013.

- La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fijó normas sobre exención del trámite de toma de razón.

Considerando:

- Que los artículos 19º de la Ley de Concesiones de Obras Públicas y 69º de su Reglamento, establecen que el Ministerio de Obras Públicas, desde que se perfeccione el contrato, podrá modificar, por razones de interés público, las características de las obras y servicios contratados.

- Que el artículo 1.9.1 de las Bases de Licitación, establece la posibilidad de que el Ministerio de Obras Públicas modifique el proyecto ofrecido por la Sociedad Concesionaria en su oferta técnica.

- Que el artículo 69º Nº 4 del Reglamento agrega que el Director General de Obras Públicas, con el Visto Bueno del Ministro de Obras Públicas y del Ministro de Hacienda, por razones de urgencia, podrá exigir la modificación de las obras y servicios desde el momento que lo estime conveniente, aunque esté pendiente la determinación sobre la indemnización.

- Que las Bases de Licitación del Contrato de Concesión de la obra pública fiscal denominada "Embalse Convento Viejo II Etapa, VI Región", establecen la obligación de la Sociedad Concesionaria de construir las obras necesarias para conducir y distribuir el agua de riego proveniente del embalse al Valle de Nilahue, denominada "Fase 3".

- Que mediante resoluciones DGOP (exentas) Nº 4.607 y Nº 5.294, de fechas 1 de octubre y 17 de noviembre, ambas de 2009, sancionadas por decreto supremo MOP Nº 304, de fecha 28 de diciembre de 2009, se modificaron las características de las obras y servicios del contrato de concesión, en el sentido que se suspendieron las obligaciones de la Sociedad Concesionaria establecidas en los artículos 1.9.8, 1.9.15, 2.2.3.2, 2.2.3.3 y 2.2.4.2 de las Bases de Licitación para la Fase 3, denominada "Red de Riego", relacionadas con la ejecución de inversiones en obras y estudios de esta Fase, quedando plenamente vigentes el resto de las obligaciones emanadas del contrato de concesión, en particular aquellas referidas al cuidado y cercado de los lotes expropiados, y a la conservación de las obras que se hubieren ejecutado, en ambos casos, en los términos previstos en las Bases de Licitación.

- Que con fecha 4 de enero de 2010, la Sociedad Concesionaria interpuso reclamación ante la Comisión Conciliadora, en la causa signada como Reclamación Nº 3, en contra del Ministerio de Obras Públicas, en la que impugnó la validez de las resoluciones DGOP (exentas) Nº 4.607 y Nº 5.294, citadas en el considerando precedente, solicitando enmendar los errores y omisiones de dichas resoluciones o, en última instancia, que se dispusiera el término parcial del contrato de concesión en lo relativo a la Fase 3 del proyecto. En la misma acción la Sociedad Concesionaria requirió, además, compensación de todos los perjuicios que la suspensión le habría irrogado.

- Que la Comisión Conciliadora propuso bases para alcanzar una solución que pusiera fin a la controversia, informada a las partes en audiencia de fecha 22 de diciembre de 2010, que consta en acta de sesión Nº 12. Dicha propuesta consideró, básicamente, la reanudación de la ejecución de la Fase 3, la reformulación de la misma a través de un nuevo trazado y características y el establecimiento de nuevos hitos de construcción y de pago del Subsidio Fijo a la Construcción de la Red de Riego (SFCRR).

- Que mediante oficio Ord. IF-CV-EX Nº 191, de fecha 23 de diciembre de 2010, el Inspector Fiscal manifestó su conformidad con las bases de conciliación citadas en el numeral precedente, contenidas en el acta de sesión Nº 12. A su vez, mediante oficio Ord. Nº 15, de fecha 7 de enero de 2011, la Ministra de Hacienda (S) manifestó su pronunciamiento favorable a las citadas bases de conciliación y a otras dos propuestas recaídas en las reclamaciones Nº 2 y Nº 5, pero sujetas a la condición de "mantener la integridad de los acuerdos sobre la operación de la concesión, en cuyo contexto se hace relevante adoptar las medidas necesarias para que, en conjunto con las conciliaciones, se modifique el modelo de negocio concerniente a la operación de la Fase 3, en los términos concordados entre ambos Ministerios". Finalmente, y en ese contexto, mediante escrito de fecha 11 de enero de 2011, la Sociedad Concesionaria y el Ministerio de Obras Públicas aceptaron la conciliación propuesta por la Comisión Conciliadora del contrato de concesión y formularon algunas complementaciones.

- Que en audiencia de fecha 12 de enero de 2011, que consta en acta de sesión Nº 13...

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