Decreto núm. 1308, publicado el 03 de Diciembre de 1987. APRUEBA CONVENIOS CELEBRADOS ENTRE LA INTENDENCIA DE LA IX REGION DE LA ARAUCANIA Y LOS MUNICIPIOS QUE SE INDICAN PARA LA DIFUSION Y PUBLICIDAD DE LAS LABORES QUE LES CORRESPONDE ATENDER - MINISTERIO DEL INTERIOR - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470735046

Decreto núm. 1308, publicado el 03 de Diciembre de 1987. APRUEBA CONVENIOS CELEBRADOS ENTRE LA INTENDENCIA DE LA IX REGION DE LA ARAUCANIA Y LOS MUNICIPIOS QUE SE INDICAN PARA LA DIFUSION Y PUBLICIDAD DE LAS LABORES QUE LES CORRESPONDE ATENDER

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR
Rango de LeyDecreto

APRUEBA CONVENIOS CELEBRADOS ENTRE LA INTENDENCIA DE LA IX REGION DE LA ARAUCANIA Y LOS MUNICIPIOS QUE SE INDICAN PARA LA DIFUSION Y PUBLICIDAD DE LAS LABORES QUE LES CORRESPONDE ATENDER

Santiago, 22 de Septiembre de 1987.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 1.308.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 32 No. 8 de la Constitución de la República de Chile, lo dispuesto en el Decreto Ley No. 575, de 1975, lo informado por la Contraloría General de la República en su Dictamen No.

6.995, de 27 de Febrero del año en curso y siendo necesario para que los Municipios de la IX Región cuenten con servicios de difusión y publicidad para el cumplimiento de las funciones que la ley les asigna,

Decreto:

Artículo primero

Apruébase los convenios celebrados con fecha 27 de Julio de 1987 entre la Intendencia de la IX Región de La Araucanía, representada por su Intendente Regional, Teniente Coronel, don Sergio Osvaldo Prado Lazo y las Municipalidades que se indican en el artículo segundo del presente decreto, representadas por sus respectivos Alcaldes, en virtud de los cuales la referida Intendencia, mediante la infraestructura publicitaria de que dispone, difundirá y publicitará las labores que corresponde atender a dichos municipios en sus respectivas comunas, los que para el desarrollo de esta Campaña de Difusión Regional, en bien de la comunidad, aportarán fondos de sus respectivos presupuestos, en los montos que se indica.

Artículo segundo

Las Municipalidades de la IX Región que se encuentran en la situación prevista en el artículo anterior son las que se indican a continuación:

Monto

Aporte ($)

Municipios Mensual

Perquenco $ 10.000

Temuco $ 100.000

Angol $ 40 000

Villarrica $ 40.000

Nueva Imperial $ 35.000

Victoria $ 35.000

Lautaro $ 30.000

Loncoche $ 30.000

Carahue $ 25.000

Collipulli $ 25.000

Freire $ 25.000

Pitrufquén $ 25.000

Traiguén $ 25.000

Cunco $ 20.000

Curacautín $...

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