Decreto 624 - REEMPLAZA INTEGRANTES AUTORIZA CONTRATACION DE CREDITO EXTERNO CON EL BID HASTA POR US$5.000.000 - MINISTERIO DE HACIENDA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 241729126

Decreto 624 - REEMPLAZA INTEGRANTES AUTORIZA CONTRATACION DE CREDITO EXTERNO CON EL BID HASTA POR US$5.000.000

EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyDecreto

AUTORIZA CONTRATACION DE CREDITO EXTERNO CON EL BID HASTA POR US$5.000.000

Núm. 624.- Santiago, 20 de mayo de 2005.- Vistos: El artículo 32 número 8 de la Constitución Política de la República de Chile; el D.L. Nº 1.263, de 1975, y sus modificaciones; la ley Nº 19.986; el D.S. Nº 551, de 1982, modificado por los D.S. Nº 1.231, de 1989, y Nº 698, de 1997, todos de Hacienda, y el D.L. Nº 2.349, de 1978,

Decreto:

  1. - Autorízase al Ministro de Hacienda para que, en representación de la República de Chile, contrate con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), un préstamo hasta por la suma de US$5.000.000 (cinco millones de dólares de los Estados Unidos de América), o su equivalente en otras monedas, más los intereses y comisiones que correspondan.

  2. - El préstamo estará destinado a financiar parcialmente el "Programa de Fortalecimiento de la Capacidad Institucional de la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales (Direcon)".

  3. - El Organismo Ejecutor del Programa será la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales (Direcon), servicio público dependiente del Ministerio de Relaciones Exteriores.

  4. - Las condiciones financieras del préstamo serán las siguientes:

    Monto : Hasta US$5.000.000.

    Plazo Total : No más de 20 años, a partir de la

    fecha de firma del Contrato de

    Préstamo.

    Período de

    Gracia : No menos de tres y medio años a

    partir de la entrada en vigencia del

    Contrato de Préstamo.

    Amortización : En cuotas semestrales,

    aproximadamente iguales, la primera

    de las cuales se pagará no antes de

    cuatro años contados a partir de la

    fecha de vigencia del Contrato.

    Tasa de Interés : Tasa variable determinada

    periódicamente por el BID, en los

    términos dispuestos en la cláusula

    3.04 de las Normas Generales

    aplicables a los contratos de

    préstamos de dicho Banco.

    Comisión de

    Crédito : Hasta 0,75% anual sobre la parte no

    desembolsada del préstamo.

    Comisión por

    Inspección y

    Vigilancia : Hasta 1% sobre el importe del

    principal del crédito, durante el

    período de desembolsos.

  5. - El servicio de la deuda y otros gastos que se deriven de la utilización del préstamo serán efectuados por la Tesorería General de la República, con cargo a los recursos que anualmente se consulten para estos efectos en el presupuesto de la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales del Ministerio de Relaciones...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR