Resolucion núm. 2248 EXENTA, el 19 de Junio de 2009. NOMBRA A INTEGRANTE DEL CONSEJO NACIONAL DEL ARTE Y LA INDUSTRIA AUDIOVISUAL
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | CONSEJO NACIONAL DE LA CULTURA Y LAS ARTES |
Rango de Ley | Resolución |
NOMBRA A INTEGRANTE DEL CONSEJO NACIONAL DEL ARTE Y LA INDUSTRIA AUDIOVISUAL
Núm. 2.248, exenta.- Valparaíso, 1 de junio de 2009.- Visto: Estos antecedentes; la resolución exenta N° 635, de 20 de abril de 2007, del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, que designa integrantes del Consejo del Arte y la Industria Audiovisual; antecedentes legales de Asociación Gremial de Cortometrajistas de Chile, ACORCH, que acreditan la calidad de asociación más representativa de su sector; carta de 23 de marzo de 2009 dirigida por la Ministra Presidenta de este Consejo a ACORCH; carta de 4 de mayo de 2009 del Presidente de ACORCH dirigida a este Servicio confirmando la designación del nuevo representante de ACORCH en el Consejo del Arte y la Industria Audiovisual; Memorando Interno N° 05-S/1540, de la Secretaria Ejecutiva (S) del Fondo de Fomento Audiovisual con antecedentes completos recibidos por el Departamento Jurídico con fecha 13 de mayo de 2009.
Considerando:
Que la ley N° 19.981, sobre Fomento Audiovisual, señala que su objetivo es el desarrollo, fomento, difusión, protección y preservación de las obras audiovisuales y de la industria audiovisual, así como la investigación y el desarrollo de nuevos lenguajes audiovisuales; y que, para el cumplimiento de estos objetivos, crea al interior del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, el Consejo del Arte y la Industria Audiovisual.
Que, de acuerdo a su normativa, el Consejo del Arte y la Industria Audiovisual se integra en la forma preceptuada en el artículo 5° de la ley N° 19.981, y que, de acuerdo a ésta, los consejeros representativos de los directores de largometrajes de ficción; de los directores de otros formatos audiovisuales; de los actores o actrices de audiovisuales; de los técnicos de la producción audiovisuaI; de la actividad audiovisual regional; de los guionistas y de los académicos de reconocido prestigio profesional en materias audiovisuales, durarán dos años en sus funciones.
Que, habiendo transcurrido el plazo de dos años establecido a este efecto, y teniendo presente la resolución exenta N° 205, de fecha 11 de febrero de 2005, del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, que aprueba forma de determinar la representatividad cualitativa de las organizaciones nacionales y regionales para designaciones de integrantes del Consejo del Arte y la Industria Audiovisual, se convocó a las entidades de las diferentes áreas del...
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