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Acuerdo núm. S/N, publicado el 27 de Febrero de 2010. ACUERDO RELATIVO A INSTRUMENTOS FINANCIEROS DE OFERTA PÚBLICA ADOPTADO POR LA COMISIÓN CLASIFICADORA DE RIESGO

Publicado enDiario Oficial
EmisorCOMISIÓN CLASIFICADORA DE RIESGO
Rango de LeyAcuerdo

ACUERDO RELATIVO A INSTRUMENTOS FINANCIEROS DE OFERTA PÚBLICA ADOPTADO POR LA COMISIÓN CLASIFICADORA DE RIESGO

Vistos: Lo dispuesto en el Título XI del Decreto Ley Nº 3.500, de 1980; en el Acuerdo Nº 31 de los Procedimientos de Aprobación de Cuotas de Fondos de Inversión y Fondos Mutuos Nacionales, publicado en el Diario Oficial el 5 de marzo de 2009, y en el Acuerdo Nº 32 y modificaciones de los Procedimientos de Aprobación de Instrumentos Extranjeros Representativos de Capital, publicado en el Diario Oficial el 8 de enero de 2009.

La Comisión Clasificadora de Riesgo en su 329ª reunión ordinaria acordó lo siguiente:

  1. EMISORES NACIONALES:

    1. Aprobar las cuotas del siguiente fondo mutuo:

      - Fondo Mutuo Larraín Vial Latinoamericano

    2. Mantener aprobadas las cuotas del siguiente fondo mutuo, en atención al cumplimiento de las normas de aprobación establecidas en el Acuerdo Nº 31:

      - Fondo Mutuo Bice Manager

  2. EMISORES EXTRANJEROS:

    1. Aprobar las cuotas de los siguientes fondos mutuos:

    2. Mantener aprobados los títulos representativos de índices accionarios indicados, en atención a lo dispuesto en el Artículo 110 del D.L. Nº 3.500, de 1980:

      .

    3. Mantener aprobados los títulos representativos de índices de renta fija indicados, en atención a lo dispuesto en el Artículo 110 del D.L. Nº 3.500, de 1980:

    4. Mantener aprobadas las cuotas de los siguientes fondos mutuos, en atención a lo dispuesto en el Artículo 110 del D.L. Nº 3.500, de 1980:

    5. Desaprobar las cuotas de los siguientes fondos mutuos, en atención que el fondo respectivo será absorbido:

    6. Desaprobar las cuotas del siguiente fondo mutuo, en consideración a que la propiedad del fondo se encuentra concentrada:

    7. Desaprobar las cuotas del siguiente fondo mutuo, debido a la solicitud de su administrador:

    8. Asimismo, la Comisión tomó nota de los cambios de nombre experimentados por distintos emisores extranjeros con instrumentos aprobados, los cuales se individualizan en su sitio web: www.ccr.cl.

  3. MANTENER ACUERDO VIGENTE SOBRE INSTRUMENTOS DE OFERTA PÚBLICA

    En lo no modificado por la letra A anterior, la Comisión mantuvo el Acuerdo vigente relativo a instrumentos...

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