Acuerdo núm. S/N, publicado el 31 de Julio de 2010. ACUERDO RELATIVO A INSTRUMENTOS FINANCIEROS DE OFERTA PÚBLICA ADOPTADO POR LA COMISIÓN CLASIFICADORA DE RIESGO
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | COMISIÓN CLASIFICADORA DE RIESGO |
Rango de Ley | Acuerdo |
ACUERDO RELATIVO A INSTRUMENTOS FINANCIEROS DE OFERTA PÚBLICA ADOPTADO POR LA COMISIÓN CLASIFICADORA DE RIESGO
Vistos: Lo dispuesto en el Título XI del Decreto Ley Nº 3.500, de 1980, en el Acuerdo Nº 31 y modificaciones de los Procedimientos de Aprobación de Cuotas de Fondos de Inversión y Fondos Mutuos Nacionales, publicado en el Diario Oficial el 5 de marzo de 2009, y; en el Acuerdo Nº 32 y modificaciones de los Procedimientos de Aprobación de Instrumentos Extranjeros Representativos de Capital, publicado en el Diario Oficial el 8 de enero de 2009.
La Comisión Clasificadora de Riesgo en su 334ª reunión ordinaria acordó lo siguiente:
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EMISORES NACIONALES:
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Mantener aprobadas las cuotas de los siguientes fondos de inversión, en virtud del cumplimiento de los requisitos establecidos en el Acuerdo Nº 31:
- Celfin Deuda Latinoamericana Fondo de Inversión
- Celfin Deuda Total Fondo de Inversión
- Celfin Small Cap Chile Fondo de Inversión
- Compass Emergente Fondo de Inversión
- Compass RF América Latina Fondo de Inversión
- Fondo de Inversión iFund MSCI Brazil Small Cap Index
- Moneda Retorno Absoluto Fondo de Inversión
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EMISORES EXTRANJEROS:
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Aprobar los siguientes títulos representativos de índices de commodities:
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Aprobar los siguientes títulos representativos de índices accionarios:
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Aprobar las cuotas de los siguientes fondos mutuos:
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Mantener aprobadas las cuotas de los siguientes fondos mutuos, aprobación que ha dejado de estar sujeta a lo dispuesto en el Artículo 110 D.L N° 3.500, de 1980:
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Desaprobar el siguiente título representativo de índice accionario, en atención al proceso de inversión a través de jurisdicción no aprobada:
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Desaprobar las cuotas de los siguientes fondos mutuos, en atención que el respectivo fondo será absorbido:
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Desaprobar las cuotas de los siguientes fondos mutuos, en consideración a que el fondo no cuenta con activos iguales o superiores a US$ 100 millones:
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Desaprobar las cuotas del siguiente fondo mutuo, debido a la alta concentración de su propiedad:
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Desaprobar las cuotas del siguiente fondo mutuo, en consideración a que su Administrador lo ha solicitado:
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Asimismo, la...
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