Acuerdo núm. S/N, publicado el 22 de Diciembre de 2012. ACUERDO RELATIVO A INSTRUMENTOS FINANCIEROS DE OFERTA PÚBLICA - COMISIÓN CLASIFICADORA DE RIESGO - COMISIÓN NACIONAL - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469362258

Acuerdo núm. S/N, publicado el 22 de Diciembre de 2012. ACUERDO RELATIVO A INSTRUMENTOS FINANCIEROS DE OFERTA PÚBLICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorCOMISIÓN CLASIFICADORA DE RIESGO
Rango de LeyAcuerdo

ACUERDO RELATIVO A INSTRUMENTOS FINANCIEROS DE OFERTA PÚBLICA

Vistos: Lo dispuesto en el Título XI del Decreto Ley Nº 3.500, de 1980, en el Acuerdo Nº 31 de los Procedimientos de Aprobación de Cuotas de Fondos de Inversión y Fondos Mutuos Nacionales, publicado en el Diario Oficial el 5 de marzo de 2009, y en el Acuerdo Nº 32 de los Procedimientos de Aprobación de Instrumentos Extranjeros Representativos de Capital, publicado en el Diario Oficial el 8 de enero de 2009.

La Comisión Clasificadora de Riesgo en su 364ª reunión ordinaria acordó lo siguiente:

  1. EMISORES NACIONALES:

    1. En virtud de lo establecido en el artículo 105, del D.L. Nº 3.500 de 1980, solicitar a Empresas Hites S.A. una clasificación de riesgo adicional a las vigentes de sus instrumentos de deuda.

    2. Desaprobar la Cámara de Compensación de la Bolsa de Comercio de Santiago S.A. como entidad contraparte de operaciones con instrumentos derivados.

  2. EMISORES EXTRANJEROS:

    1. Aprobar los siguientes títulos representativos de índices financieros:

      .

    2. Aprobar las cuotas de los siguientes fondos mutuos extranjeros:

      .

    3. Desaprobar las cuotas de los siguientes fondos mutuos extranjeros, en atención a la solicitud de su administrador:

      .

    4. Desaprobar las cuotas de los siguientes fondos mutuos extranjeros, debido a que no cuentan con activos por un monto igual o superior a los US$ 100 millones:

      .

    5. Desaprobar las cuotas del siguiente fondo mutuo extranjero, debido a que fue absorbido:

      .

    6. Desaprobar las cuotas del siguiente fondo mutuo extranjero, en atención a que la propiedad del fondo se encuentra concentrada:

      .

    7. Asimismo, la Comisión tomó nota de los cambios de nombre experimentados por distintos emisores extranjeros con instrumentos aprobados, los cuales se individualizan en su sitio web: www.ccr.cl.

  3. MANTENER ACUERDO VIGENTE SOBRE INSTRUMENTOS DE OFERTA PÚBLICA

    En lo no...

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