Acuerdo núm. S/N, publicado el 28 de Noviembre de 2007. ACUERDO RELATIVO A INSTRUMENTOS FINANCIEROS DE OFERTA PÚBLICA ADOPTADO POR LA COMISIÓN CLASIFICADORA DE RIESGO - COMISIÓN CLASIFICADORA DE RIESGO - COMISIÓN NACIONAL - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470463290

Acuerdo núm. S/N, publicado el 28 de Noviembre de 2007. ACUERDO RELATIVO A INSTRUMENTOS FINANCIEROS DE OFERTA PÚBLICA ADOPTADO POR LA COMISIÓN CLASIFICADORA DE RIESGO

Publicado enDiario Oficial
EmisorCOMISIÓN CLASIFICADORA DE RIESGO
Rango de LeyAcuerdo

ACUERDO RELATIVO A INSTRUMENTOS FINANCIEROS DE OFERTA PÚBLICA ADOPTADO POR LA COMISIÓN CLASIFICADORA DE RIESGO

Vistos: Lo dispuesto en el Título XI del Decreto Ley Nº 3.500, de 1980, en el Acuerdo Nº 7 de los Procedimientos de Aprobación de Acciones de Sociedades Anónimas Abiertas y modificaciones, publicado en el Diario Oficial el 27 de septiembre de 1994; en el Acuerdo Nº 8 de los Procedimientos de Aprobación de Cuotas de Fondos de Inversión y Fondos Mutuos y modificaciones, publicado en el Diario Oficial el 17 de septiembre de 1994; y en el Acuerdo Nº 10 de los Procedimientos de Aprobación de Instrumentos Emitidos en el extranjero y modificaciones, publicado en el Diario Oficial el 3 de agosto de 1995.

La Comisión Clasificadora de Riesgo acordó, en su tricentésima reunión ordinaria, lo siguiente:

  1. EMISORES CHILENOS:

    1. Aprobar las acciones de las siguientes sociedades anónimas abiertas, en atención a que su emisor cumple los requisitos mínimos con información financiera al 30 de junio de 2007:

      - CGE Distribución S.A.

      - Quintec S.A.

      - Telefónica del Sur Servicios Intermedios S.A.

    2. Aprobar las cuotas del siguiente fondo de inversión:

      - Legg Mason Fondo de Inversión Conosur

    3. Aprobar las líneas de bonos de la empresa privada que se señala y asignarles la categoría de riesgo que se indica:

      Adicionalmente, se consideran aprobados los bonos que se emitan al amparo de estas líneas cuando la clasificación vigente y de mayor riesgo asignada por los clasificadores de dichas líneas, que incluya los bonos, sea igual a la categoría de riesgo aquí asignada.

    4. Aprobar la línea de bonos bancarios del banco que se señala y asignarle la categoría de riesgo que se indica:

      Adicionalmente, se consideran aprobados los bonos que se emitan al amparo de esta línea cuando la clasificación vigente y de mayor riesgo asignada por los clasificadores de la línea, incluyendo los bonos, sea igual a la categoría de riesgo aquí asignada.

    5. Aprobar los bonos subordinados por monto fijo, del banco que se señala, y asignarles la categoría de riesgo que se indica:

    6. Mantener aprobados los instrumentos financieros señalados, pero asignar las nuevas categorías de riesgo indicadas:

    7. Desaprobar la línea de bonos señalada, en atención a que la sociedad junto con el representante de los tenedores de bonos dejaron sin efecto el contrato de emisión:

  2. EMISORES EXTRANJEROS:

    1. Mantener aprobadas las acciones emitidas por empresas extranjeras que se encuentren inscritas...

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