Acuerdo núm. S/N, publicado el 31 de Enero de 2008. ACUERDO RELATIVO A INSTRUMENTOS FINANCIEROS DE OFERTA PÚBLICA ADOPTADO POR LA COMISIÓN CLASIFICADORA DE RIESGO - COMISIÓN CLASIFICADORA DE RIESGO - COMISIÓN NACIONAL - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470306890

Acuerdo núm. S/N, publicado el 31 de Enero de 2008. ACUERDO RELATIVO A INSTRUMENTOS FINANCIEROS DE OFERTA PÚBLICA ADOPTADO POR LA COMISIÓN CLASIFICADORA DE RIESGO

Publicado enDiario Oficial
EmisorCOMISIÓN CLASIFICADORA DE RIESGO
Rango de LeyAcuerdo

ACUERDO RELATIVO A INSTRUMENTOS FINANCIEROS DE OFERTA PÚBLICA ADOPTADO POR LA COMISIÓN CLASIFICADORA DE RIESGO

Vistos: Lo dispuesto en el Título XI del Decreto Ley Nº 3.500, de 1980, en el Acuerdo Nº7 de los Procedimientos de Aprobación de Acciones de Sociedades Anónimas Abiertas y modificaciones, publicado en el Diario Oficial el 27 de septiembre de 1994; en el Acuerdo Nº8 de los Procedimientos de Aprobación de Cuotas de Fondos de Inversión y Fondos Mutuos y modificaciones, publicado en el Diario Oficial el 17 de septiembre de 1994; y en el Acuerdo Nº10 de los Procedimientos de Aprobación de Instrumentos Emitidos en el extranjero y modificaciones, publicado en el Diario Oficial el 3 de agosto de 1995.

La Comisión Clasificadora de Riesgo acordó, en su tricentésimo segunda reunión ordinaria, lo siguiente:

  1. EMISORES CHILENOS:

    1. Mantener aprobadas las acciones de la siguiente sociedad anónima abierta, pero modificar el criterio de aprobación desde antecedentes aportados por dos informes de clasificación de riesgo de las mismas, a cumplimiento de requisitos mínimos del emisor con información financiera al 30 de septiembre de 2007:

      - Empresa Eléctrica de Magallanes S.A.

    2. Aprobar las nuevas acciones Series A y B de la sociedad anónima abierta que se indica, en virtud de lo establecido en el inciso séptimo, artículo 106, del DL Nº 3.500 de 1980, referido a antecedentes aportados por dos informes de clasificación de riesgo de las acciones del emisor elaborados por diferentes clasificadoras de riesgo:

      - Esval S.A.

    3. Desaprobar las acciones de la siguiente sociedad anónima abierta, en atención a que su emisor suspendió la clasificación de riesgo de las mismas:

      - Compañía Chilena de Navegación Interoceánica S.A.

    4. Aprobar las cuotas del siguiente fondo de inversión:

      - Compass Activo Fondo de Inversión

    5. Aprobar las líneas de bonos de las empresas públicas y privadas que se señalan y asignarles las categorías de riesgo que se indican:

      NOTA: VER DIARIO OFICIAL DE 31.01.2008, PAGINA 10

      Asimismo, se consideran aprobados los bonos que se emitan al amparo de estas líneas cuando la clasificación vigente y de mayor riesgo asignada por los clasificadores de dichas líneas, incluyendo los bonos, sea igual a la categoría de riesgo aquí indicada.

    6. Aprobar las líneas de bonos bancarios de los bancos que se señalan y asignarles las categorías de riesgo que se indican:

      NOTA: VER DIARIO OFICIAL DE 31.01.2008, PAGINA 11

      Adicionalmente, se consideran aprobados los bonos bancarios que se emitan al amparo de estas líneas cuando la clasificación vigente y de mayor riesgo asignada por los clasificadores de las líneas, incluyendo los bonos, sea igual a las categorías de riesgo aquí asignadas.

    7. Aprobar la emisión de bonos bancarios por monto fijo, del banco que se señala, y asignarle la categoría de riesgo que se indica:

      NOTA: VER DIARIO OFICIAL DE 31.01.2008, PAGINA 11

    8. Mantener aprobados los instrumentos financieros señalados, pero asignar las nuevas clasificaciones de riesgo indicadas:

      NOTA: VER DIARIO OFICIAL DE 31.01.2008, PAGINA 11

    9. Desaprobar la línea de bonos que se indica, en atención a que se dejó sin efecto y se puso término anticipado a dicha línea:

      NOTA: VER DIARIO...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR