Acuerdo núm. S/N, publicado el 28 de Junio de 2008. ACUERDO RELATIVO A INSTRUMENTOS FINANCIEROS DE OFERTA PÚBLICA ADOPTADO POR LA COMISIÓN CLASIFICADORA DE RIESGO - COMISIÓN CLASIFICADORA DE RIESGO - COMISIÓN NACIONAL - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470306806

Acuerdo núm. S/N, publicado el 28 de Junio de 2008. ACUERDO RELATIVO A INSTRUMENTOS FINANCIEROS DE OFERTA PÚBLICA ADOPTADO POR LA COMISIÓN CLASIFICADORA DE RIESGO

Publicado enDiario Oficial
EmisorCOMISIÓN CLASIFICADORA DE RIESGO
Rango de LeyAcuerdo

ACUERDO RELATIVO A INSTRUMENTOS FINANCIEROS DE OFERTA PÚBLICA ADOPTADO POR LA COMISIÓN CLASIFICADORA DE RIESGO

Vistos: Lo dispuesto en el Título XI del Decreto Ley Nº 3.500, de 1980, en el Acuerdo Nº 7 de los Procedimientos de Aprobación de Acciones de Sociedades Anónimas Abiertas y modificaciones, publicado en el Diario Oficial el 27 de septiembre de 1994; en el Acuerdo Nº 8 de los Procedimientos de Aprobación de Cuotas de Fondos de Inversión y Fondos Mutuos y modificaciones, publicado en el Diario Oficial el 17 de septiembre de 1994; y en el Acuerdo Nº 10 de los Procedimientos de Aprobación de Instrumentos Emitidos en el extranjero y modificaciones, publicado en el Diario Oficial el 3 de agosto de 1995.

La Comisión Clasificadora de Riesgo acordó, en su tricentésimo octava reunión ordinaria, lo siguiente:

  1. EMISORES CHILENOS:

    1. Mantener aprobadas las acciones Series A y B de la siguiente sociedad anónima abierta, pero modificar el criterio de aprobación desde antecedentes aportados por dos informes de clasificación de riesgo de las mismas, a cumplimiento de requisitos mínimos del emisor con información financiera al 31 de marzo de 2008:

      - Esval S.A.

    2. Mantener aprobadas las acciones de la siguiente sociedad anónima abierta, quedando su aprobación sujeta a lo establecido en el artículo 110, del DL Nº 3.500 de 1980:

      - Compañía de Telecomunicaciones de Chile S.A.

    3. Desaprobar las acciones de la siguiente sociedad anónima abierta, en atención a que su emisor no cumple los requisitos mínimos con información financiera al 31 de marzo de 2008:

      - Quintec S.A.

    4. Mantener aprobadas las cuotas de los siguientes fondos mutuos, aprobación que ha dejado de quedar sujeta a lo establecido en el artículo 110, del D.L. Nº 3.500 de 1980:

      - Fondo Mutuo Santander Money Market

      - Fondo Mutuo Santander Tesorería

    5. Desaprobar las cuotas del siguiente fondo de inversión:

      - Compass Chile Mixto Fondo de Inversión

    6. Aprobar las líneas de bonos que se señalan y asignarles las categorías de riesgo que se indican:

      NOTA: VER DIARIO OFICIAL DE 28.06.2008, PAGINA 20

      Asimismo, se consideran aprobados los bonos que se emitan al amparo de estas líneas cuando la clasificación vigente y de mayor riesgo asignada por los clasificadores de dichas líneas, incluyendo los bonos, sea igual a la categoría de riesgo aquí indicada.

    7. Aprobar los bonos de securitización, por monto fijo, que se señalan y asignarles la categoría de riesgo que se indica:

      NOTA: VER DIARIO OFICIAL DE...

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