Decreto 846 - SUBSECRETARIA DEL INTERIOR INSTITUYE Y REGLAMENTA EL OTORGAMIENTO DE RECONOCIMIENTO POR AÑOS DE SERVICIO - MINISTERIO DEL INTERIOR - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 242352122

Decreto 846 - SUBSECRETARIA DEL INTERIOR INSTITUYE Y REGLAMENTA EL OTORGAMIENTO DE RECONOCIMIENTO POR AÑOS DE SERVICIO

EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR
Rango de LeyDecreto

SUBSECRETARIA DEL INTERIOR INSTITUYE Y REGLAMENTA EL OTORGAMIENTO DE RECONOCIMIENTO POR AÑOS DE SERVICIO Santiago, 5 de agosto de 2003.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 846.- Visto: La facultad conferida por el artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política de la República de Chile y lo dispuesto en la ley Nº 18.834, Estatuto Administrativo, y en el decreto Nº 6.404, del Ministerio del Interior, de 1999, y Considerando:

Que, el Ministerio del Interior constituye una Secretaría de Estado de larga tradición en el país con presencia nacional a través de Intendencias y Gobernaciones;

Que, el personal que desempeña funciones en esta Secretaría de Estado contribuye con su capacidad y entrega al logro de los objetivos institucionales;

Que, el Estatuto Administrativo establece que la carrera funcionaria es un sistema integral de regulación del empleo público, aplicable al personal titular de planta, fundado en principios jerárquicos, profesionales y técnicos, que garantiza la igualdad de oportunidades para el ingreso, la dignidad de la función pública, la capacitación y el ascenso, la estabilidad en el empleo, y la objetividad en las calificaciones en función del mérito y de la antigüedad, y

Que, la vocación de servicio público y estabilidad en sus cargos de aquellos funcionarios del Ministerio del Interior que han desempeñado labores ininterrumpidas en el servicio durante 10 o más años, merece ser públicamente reconocida,

Decreto:

Artículo primero

Institúyase para el personal del Ministerio del Interior que cumpla 10, 20, 25, 30, 35, 40 y más años de servicio en la institución y que se encuentre en Lista de Distinción, un reconocimiento por el período de desempeño en el cargo, cuyo otorgamiento se regulará por las disposiciones del presente decreto.

Artículo segundo

Este reconocimiento, consistente en un diploma y en un obsequio con el logo del Ministerio del Interior, se...

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