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Resolución núm. 9271 EXENTA, publicada el 05 de Enero de 2010. INSTITUYE PREMIO Y APRUEBA BASES DEL PREMIO NACIONAL DE URBANISMO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyResolución

INSTITUYE PREMIO Y APRUEBA BASES DEL PREMIO NACIONAL DE URBANISMO

Santiago, 29 de diciembre de 2009.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 9.271 exenta.- Visto: El DL Nº 1.305, de 1975; la ley Nº 16.391, en especial lo previsto en sus artículos 2º números 9º y 15; lo dispuesto en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón, y

Considerando:

  1. Que es función de esta Secretaría de Estado fomentar la investigación científica y el perfeccionamiento profesional y laboral en materia de vivienda y urbanismo.

  2. Que se ha estimado de toda conveniencia la institución de un premio destinado a reconocer la obra de arquitectos u otros profesionales, principalmente chilenos, que se han destacado por su trayectoria de excelencia, creatividad y aporte trascendente a la calidad de vida de los habitantes de las ciudades, llamando a un concurso público para estos efectos.

  3. Que el Ministerio de Vivienda y Urbanismo ha preparado las Bases correspondientes, destinadas a regular, entre otros aspectos, los requisitos para la participación, las funciones e integración del jurado y el sistema de premiación, dicto la siguiente

Resolución:

Artículo 1º

Institúyese el Premio Nacional de Urbanismo, que otorgará el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, destinado a reconocer la obra de arquitectos u otros profesionales chilenos que se han destacado por su trayectoria de excelencia, creatividad y aporte trascendente a la calidad de vida de los habitantes de las ciudades, cuya selección se efectuará en el concurso a que se llamará para estos efectos. Excepcionalmente podrá ser concedido a profesionales extranjeros que tengan un mínimo de diez años de residencia en Chile y cuya obra se haya desarrollado preferentemente en el país, significando un aporte al desarrollo urbano.

Artículo 2º

Para seleccionar al ganador del premio, el Ministerio de Vivienda y Urbanismo podrá llamar a concurso cada cuatro años y éste consistirá en un diploma.

Artículo 3º

Apruébanse las Bases del llamado a Concurso Público a que se refieren los artículos precedentes, las que se acompañan y se entenderán formar parte integrante de la presente resolución.

Artículo 4º

Mediante resoluciones del Ministro de Vivienda y Urbanismo se designará al Director del Concurso respectivo y al Secretario Ejecutivo del Premio Nacional de Urbanismo.

Artículo 5º

Se deja constancia que el premio que se instituye por la presente resolución no irroga gastos para este Ministerio.

Anótese y publíquese.- Patricia Poblete Bennett, Ministra de Vivienda y Urbanismo.

Lo que transcribo para su conocimiento.- Jaime Silva Arancibia, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo Subrogante.

BASES DEL PREMIO NACIONAL DE URBANISMO

  1. - Objetivo.

    El Ministerio de Vivienda y Urbanismo...

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