Decreto 113 - APRUEBA BASES CONCURSO DE PROYECTOS INSTITUTOS CIENTIFICOS MILENIO I.C.M. - MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 241745310

Decreto 113 - APRUEBA BASES CONCURSO DE PROYECTOS INSTITUTOS CIENTIFICOS MILENIO I.C.M.

EmisorMINISTERIO DE PLANIFICACIÓN
Rango de LeyDecreto

APRUEBA BASES "CONCURSO DE PROYECTOS INSTITUTOS CIENTIFICOS MILENIO I.C.M."

Santiago, 28 de febrero de 2005.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 113.- Visto: La ley Nº18.989, orgánica del Ministerio de Planificación; el decreto supremo Nº151, de 1999, de esta Secretaría de Estado, que crea la Comisión Nacional de Iniciativas Científicas para el Milenio; el decreto supremo Nº434, de 1991, de esta Secretaría de Estado; la resolución Nº520, de 1996, de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

Que la Comisión Nacional de Iniciativas Científicas para el Milenio está destinada a asesorar al Presidente de la República en todo cuanto diga relación con la proposición de políticas que apunten al fomento de las capacidades de investigación científica; a la realización de investigaciones; a la preparación de científicos jóvenes en la investigación práctica y a la diseminación de nuevos conocimientos científicos mediante programas educativos y de extensión.

Que se ha estimado conveniente y oportuno por la Secretaría Ejecutiva de la Iniciativa Científica Milenio llamar a concurso para la creación de nuevos Institutos Científicos, para cuyo efecto se aprueban las siguientes bases,

Decreto:

Apruébanse las siguientes Bases "Concurso de Proyectos Institutos Científicos Milenio, Iniciativa Científica Milenio":

"BASES 2005

CONCURSO DE PROYECTOS INSTITUTOS

CIENTIFICOS MILENIO

INICIATIVA CIENTIFICA MILENIO

  1. DEFINICIONES

    1.1. Proyecto: Se entenderá por Proyecto toda aquella propuesta de investigación científica que se enmarque dentro de los límites establecidos en estas bases, en cuanto al personal involucrado, los montos solicitados y la propuesta técnica.

    Se distinguen dos tipos de proyectos: Perfiles Preliminares de Proyectos y Proyectos Definitivos, que serán requeridos de presentar de acuerdo a lo descrito en estas bases.

    1.2. Instituto Científico: Corresponde a un

    proyecto en que participa un Investigador

    Responsable, alrededor de 10 investigadores

    asociados claves y un número mayor de

    investigadores jóvenes, estudiantes de

    postgrado o postdoctorantes.

    1.3. Investigador Responsable: Corresponde a la

    persona encargada y responsable del proyecto.

    Debe ser un investigador científico con una

    destacada trayectoria en investigación

    científica promisoria respaldada por

    publicaciones y por el reconocimiento de la

    comunidad científica nacional e

    internacional. El Investigador Responsable

    tiene que tener demostrada capacidad de

    dirigir proyectos de investigación científica

    y debe poseer características de liderazgo

    que le permitan dirigir un Instituto Milenio.

    1.4. Investigador Asociado Clave: Corresponde a un

    investigador con una destacada trayectoria en

    investigación científica respaldada por

    publicaciones y por el reconocimiento de la

    comunidad científica nacional e

    internacional.

    1.5. Investigador Científico Adjunto: Corresponde

    a un investigador con una destacada

    trayectoria en investigación científica

    respaldada por publicaciones y por el

    reconocimiento de la comunidad científica

    nacional. Se diferencia con el Investigador

    Asociado Clave en que su dedicación al

    Instituto es menor, o bien su trayectoria

    científica se encuentra entre la del

    Investigador Asociado Clave y la del

    investigador Joven.

    1.6. Investigador Joven: Corresponde a un

    investigador, preferentemente menor de 35

    años, capaz de realizar labores de

    investigación científica en forma autónoma.

    1.7. Investigador senior: Corresponde a un

    investigador con una trayectoria científica

    extensa y destacada, que prestará consejería

    y apoyo al Instituto y a sus investigadores.

    1.8. Postdoctorante: Corresponde a un profesional

    recientemente doctorado que se encuentra

    realizando investigación científica

    normalmente guiado por un científico de mayor

    experiencia.

    1.9. Institución Albergante: Corresponde a la

    institución que otorga un espacio físico y

    apoyo al grupo de investigadores que presenta

    la propuesta de investigación científica.

    Puede presentarse más de una institución

    albergante en caso que los investigadores se

    encuentren en distintas instituciones y el

    proyecto así lo requiera.

  2. PROPOSITO

    El programa Iniciativa Científica Milenio está destinado a estimular y apoyar directamente el trabajo colaborativo de excelencia por parte de investigadores chilenos o extranjeros con residencia en Chile, en el contexto de la trascendencia que el Gobierno de Chile ha asignado al desarrollo científico y tecnológico de la nación.

    Se pretende dar un respaldo significativo a grupos de investigadores de alto nivel en Chile. Esto se traduce en mayores conocimientos científicos, mayor número de publicaciones científicas y en un mayor número de estudiantes de postgrado en Chile.

    Importantes complementos de este trabajo debiesen ser la formación de científicos jóvenes y la concreción de redes de colaboración e interacción y de acciones de proyección al medio externo.

    En este concurso se financiarán proyectos preferentemente en las áreas de las ciencias naturales y exactas, tanto básicas, estratégicas o aplicadas.

  3. BENEFICIOS

    Cada Proyecto aprobado contará con una subvención directa, con cargo a la cual podrán cubrirse los siguientes gastos:

    3.1. Incentivos: Por este concepto, el

    Investigador Responsable podrá recibir hasta

    40 millones de pesos anuales y cada uno de

    los Investigadores Asociados Claves podrán

    recibir cada uno hasta 35 millones de pesos

    anuales. Se podrán contratar investigadores

    científicos adjuntos, los que cada uno podrán

    recibir hasta 25 millones de pesos anuales.

    Los investigadores seniors podrán recibir

    hasta 20 millones de pesos anuales. Cada

    Investigador Joven podrá recibir honorarios

    anuales hasta por 12 millones de pesos. Cada

    Postdoctorante podrá recibir una beca de

    hasta 20 millones de pesos anuales. Cada

    estudiante de postgrado podrá recibir una

    beca hasta por 9 millones de pesos anuales.

    Dichas becas se otorgarán a aquellos

    estudiantes que se encuentren cursando o

    iniciando estudios de postgrado referidos a

    la línea de investigación del proyecto, los

    que serán seleccionados autónomamente por

    cada proyecto de acuerdo a méritos,

    disponibilidad financiera e interés

    particular.

    Cada miembro del personal técnico o

    administrativo percibirá honorarios hasta por

    8 millones de pesos anuales.

    Todos los honorarios están sujetos al pago de

    impuestos. Será responsabilidad de cada uno

    de los participantes que perciben honorarios

    la emisión de las boletas, la declaración y

    el pago del impuesto correspondiente.

    3.2. Gastos de pasajes, viáticos, congresos,

    seminarios y afines: Se financiarán viajes y

    traslados que se realicen para el desarrollo

    de la investigación. Se financiarán solamente

    pasajes en clase económica, y los viáticos

    utilizados de acuerdo a las misiones a

    cumplir serán determinados por la Secretaría

    Ejecutiva del Programa Iniciativa Científica

    Milenio en cuanto al monto máximo diario.

    Podrán también cargarse a esta categoría los

    gastos asociados a la asistencia a congresos,

    seminarios, charlas u otros similares, tales

    como inscripciones. Asimismo, se incluirán en

    esta categoría los gastos vinculados a la

    realización de congresos, seminarios, charlas

    u otros similares tales como arriendo de

    salas y equipos, servicios de alimentación y

    traducción correspondientes a la realización

    del evento.

    3.3. Materiales, Fungibles y Mantención: Comprende

    todos los materiales o suministros que se

    necesiten para desarrollar el trabajo de

    investigación propuesto. Incluye reactivos

    de laboratorio, materiales fungibles,

    análisis de laboratorio, servicios de

    computación, suministros computacionales,

    arriendo de equipos, fletes, transporte y

    gastos de reparación y de mantención de

    equipos.

    3.4. Bienes y Equipos: Incluye la adquisición de

    equipos mayores y menores, de accesorios para

    éstos y de implementos de laboratorio y de

    oficinas. Los costos incluirán la

    importación, internación, bodegaje, aduana,

    traslado e instalación en el lugar de destino

    final. Todos los equipos deben ser

    debidamente asegurados con los recursos del

    proyecto. Tratándose de equipos donados,

    contempla todos los gastos adicionales que

    sean necesarios para su utilización en el

    lugar de destino.

    No se financiará la adquisición de vehículos

    para uso personal.

    3.5. Infraestructura: Comprende exclusivamente los

    costos en que se incurrirá en la

    materialización de obras menores de

    infraestructura, tales como construcciones,

    reacondicionamiento de...

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