Decreto 300 - OTORGA A HIDROELECTRICA LA HIGUERA S.A. CONCESION DEFINITIVA PARA ESTABLECER LINEA DE TRANSPORTE
Emisor | MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO |
Rango de Ley | Decreto |
OTORGA A HIDROELECTRICA LA HIGUERA S.A. CONCESION DEFINITIVA PARA ESTABLECER LINEA DE TRANSPORTE
Núm. 300.- Santiago, 26 de septiembre de 2006.- Visto: Lo informado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles en su oficio Ord. Nº 3.902, de 2006, y lo dispuesto en los artículos 11º y 28º del DFL Nº1, de 1982, del Ministerio de Minería, y en la ley Nº 18.410.
Decreto:
Otórgase a Hidroeléctrica La Higuera S.A. concesión definitiva para establecer una línea de transporte de energía eléctrica de 154 kV, transformable a 220 kV, entre la Subestación La Higuera y la nueva subestación de interconexión con el Sistema Interconectado Central (SIC) que se denominará Subestación Tinguiririca, según planos Nºs. 5055-269 a 5055-279, de la mencionada empresa.
Esta línea de transporte permitirá evacuar la energía eléctrica de la Central Hidroeléctrica La Higuera hacia el SIC.
El presupuesto global del costo de las obras ascenderá a $2.239.999.834 (dos mil doscientos treinta y nueve millones novecientos noventa y nueve mil ochocientos treinta y cuatro pesos).
Apruébanse los planos de servidumbres de esta línea de transporte Nºs. 5055-900-6, 5055-900-7, 5055-900-9, 5055-900-13, 5055-900-14, 5055-900-16, 5055- 900-19, 5055-900-22, 5055-900-25, 5055-900-26, 5055-900-.
30, 5055-900-32, 5055-900-34, 5055-900-37, 5055-900-37-
A, 5055-900-38, 5055-900-41, 5055-900-49, 5055-900-50, 5055-900-51 y 5055-900-60.
Copias de los planos de servidumbres, de los planos generales de las obras, de la memoria explicativa de las mismas y de los demás antecedentes técnicos, que pasan a formar parte del presente decreto, quedarán archivadas en la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.
Constitúyanse, de acuerdo con lo que sobre el particular establece el DFL Nº 1, de 1982, del Ministerio de Minería, las servidumbres para el tendido de la línea en los predios que se indican a continuación:
Rol Propietario Predio Longitud
por Rol
(m)
349-01 Mercantil Forestal Fundo El Guanaco
S.A. y Barrancas 657
349-01 Mercantil Forestal
S.A. Fundo El Guanaco
y Barrancas 1.047
309-3 Fundación Liceo de
Hombres de San Las Peñas 361
Fernando
415-22 Miguel Luis Cáceres
Muñoz y Miguel Hijuela N° 3 del
Luis Cáceres Silva Fundo El Litral 657
y otros
415-5 Sociedad Agrícola y
Ganadera Valle El Valle 1.772
Hermoso
415-20 Adriana Eulalia
Sánchez Iturriaga y Las Canoas, que
Adriana Luz Aliaga corresponde a 607
Sánchez Hijuela 3 ex fundo
Montecillo
415-7 Inmobiliaria Dibal
Limitada Fundo Montecillo
Chico 3.212
415-8 Mario Emilio Osorio
Villafranca Lote B del Fundo
Santa Elena 771
415-535 Inversiones y Rentas
El Trébol S.A. Lotes D y E de
subdivisión Lote 560
A del Fundo San
Patricio
415-535 Inversiones y Rentas
El Trébol S.A. Lotes D y E de
subdivisión Lote 100
A del Fundo San
Patricio
415-535 Inversiones y Rentas
El Trébol S.A. Lotes D y E de
subdivisión Lote 428
A del Fundo San
Patricio
415-02 Inversiones y Rentas
El Trébol S.A. Lote B de la
Hijuela Primera y 828
Segunda Fundo
Totihue Oriente
419-10 José Ricardo Pastén
González Tres cuartos de
cuadra más o 85
menos, ubicado
en Tres Puentes,
Tinguiririca,
comuna de
Chimbarongo.
419-10 José Ricardo Pastén
González Tres cuartos de
cuadra más o 5
menos, ubicado
en Tres Puentes,
Tinguiririca,
comuna de
Chimbarongo.
419-7 José Hernán Farfán
Casanova y José El Callejón 122
Ricardo Pastén
González
421-6 Sucesión González
Navarrete 363
Fisco La Isla 612
437-1 Comunidad Jorquera
Pastén Hijuela La Isla 217
438-228 Sociedad de Ingeniería
y Construcción Sub lote A2, de
Camino Nuevo Ltda. la parcela N°2 86
del proyecto
Parcelación
Tinguiririca
438-137 Starco S.A. Sub-lote A1 de la
subdivisión de la 583
parcela Nº 2 del
proyecto
Parcelación
Tinguiririca
433-8 Jaime Gonzalo Jiménez
Saavedra Resto de la Parcela
26 de la Colonia 147
Tinguiririca
432-81 Oscar Maturana Astorga Lote A5 el resto;
Fundo El Colmey 329
433-25 Sucesión de Antonio
Julián Arbea Parte del Fundo
Barrenechea El Colmey 251
433-101 Eugenia del Carmen
Cortés González Lote 8 de la
subdivisión Rol
432-16 74
30-139 Guillermo Berguesio
y Otros Bien Común,
Sector 3 Cerros 530
del Proyecto de
Parcelación San
José de Peñuelas
La línea podrá atravesar los ríos, canales, las líneas férreas, puentes, acueductos, cruzar calles, caminos y otras líneas eléctricas. Estos cruzamientos se ejecutarán en conformidad con las prescripciones que establecen los reglamentos, de manera que garanticen la seguridad de las personas y propiedades.
La presente concesión se otorga en conformidad a lo dispuesto en el DFL Nº 1, de 1982, del Ministerio de Minería, y queda sometida a todas las disposiciones legales y reglamentarias vigentes o que se dicten en el futuro sobre la materia.
El plazo para la iniciación de las obras es de 30 días, a partir de la fecha de reducción a escritura pública del presente decreto, y el plazo para su terminación será de 24 meses, a contar de la fecha de iniciación de los trabajos.
Los plazos para la terminación por etapas serán los siguientes:
Etapa Descripción Meses
1 Instalación de faenas 4
2 Fundaciones 6
3 Montaje de estructuras 8
4 Tendido de conductores 4
5 Retiro Instalaciones
Temporales y Puesta en
Servicio 2
El presente decreto deberá ser reducido a escritura pública por el interesado antes de treinta días contados desde su publicación en el Diario Oficial.
El concesionario estará obligado a levantar íntegramente las instalaciones cuando ellas queden inutilizadas para el objetivo de la presente concesión. Esta obligación sólo es válida para aquellas instalaciones que hagan uso de servidumbres legales y las que usen bienes nacionales de uso público.
El levantamiento deberá efectuarse en el plazo máximo de 30 días desde que el concesionario comunique a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles la fecha de retiro del servicio de las instalaciones. Dicha comunicación deberá efectuarse, a más tardar, dentro de los 5 días siguientes al cese...
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