Decreto 1319 - Promulga Acta de Rectificación al Sexto Protocolo Adicional del Acuerdo de Complementación Económica Nº 24, suscrito entre los Gobiernos de Chile y Colombia el 14 de agosto de 1997, extendida con fecha 29 de febrero de 2000 por la Secretaría General del Comité de Representantes del Tratado de Montevideo de 1980, que creó la Asociación Latinoamericana de Integración - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 243525050

Decreto 1319 - Promulga Acta de Rectificación al Sexto Protocolo Adicional del Acuerdo de Complementación Económica Nº 24, suscrito entre los Gobiernos de Chile y Colombia el 14 de agosto de 1997, extendida con fecha 29 de febrero de 2000 por la Secretaría General del Comité de Representantes del Tratado de Montevideo de 1980, que creó la Asociación Latinoamericana de Integración

EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto

PROMULGA EL ACTA DE RECTIFICACION AL SEXTO PROTOCOLO ADICIONAL AL ACUERDO DE COMPLEMENTACION ECONOMICA Nº 24, SUSCRITO CON COLOMBIA

Núm. 1.319.- Santiago, 10 de agosto de 2000.-

Vistos: Los artículos 32, Nº 17, y 50, Nº 1), inciso segundo de la Constitución Política de la República, el artículo 79, Nº 2, letra a, de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, publicada en el Diario Oficial de 22 de junio de 1981, y la ley Nº 18.158.

Considerando:

Que con fecha 14 de agosto de 1997 los Gobiernos de las Repúblicas de Chile y Colombia suscribieron el Sexto Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica Nº 24, publicado en el Diario Oficial de 19 de enero de 1998 en la forma establecida en la ley Nº 18.158.

Que la Secretaría General de la Asociación Latinoamericana de Integración (Aladi), creada por el Tratado de Montevideo de 1980, detectó diversos errores de transcripción en el Anexo del mencionado Sexto Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica Nº 24.

Que la Representación Permanente de Colombia ante Aladi propuso, igualmente, correcciones al texto de dicho protocolo.

Que la Secretaría General, en uso de las facultades que le confiere la resolución 30 del Comité de Representantes de Aladi, y en acuerdo con las Representaciones de ambos países, extendió el Acta de Rectificación correspondiente con fecha 29 de febrero de 2000, en la que introdujo y rubricó en los textos originales del mencionado Protocolo Adicional, las modificaciones señaladas en el artículo Cuarto de dicha Acta.

D e c r e t o:

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