Decreto 7 - OTORGA CONCESIÓN DE EXPLOTACIÓN DE ENERGÍA GEOTÉRMICA, A GGE CHILE SPA, EN EL ÁREA DENOMINADA 'SAN GREGORIO', UBICADA EN LAS REGIONES DEL BÍO BÍO Y DE LA ARAUCANÍA, PROVINCIAS DEL BÍO BÍO Y MALLECO, COMUNAS DE QUILACO Y CURACAUTÍN, EN VIRTUD DE LA LEY Nº19.657 - MINISTERIO DE MINERÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 456824834

Decreto 7 - OTORGA CONCESIÓN DE EXPLOTACIÓN DE ENERGÍA GEOTÉRMICA, A GGE CHILE SPA, EN EL ÁREA DENOMINADA 'SAN GREGORIO', UBICADA EN LAS REGIONES DEL BÍO BÍO Y DE LA ARAUCANÍA, PROVINCIAS DEL BÍO BÍO Y MALLECO, COMUNAS DE QUILACO Y CURACAUTÍN, EN VIRTUD DE LA LEY Nº19.657

EmisorMINISTERIO DE MINERÍA
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor24 de Junio de 2013

OTORGA CONCESIÓN DE EXPLOTACIÓN DE ENERGÍA GEOTÉRMICA, A GGE CHILE SPA, EN EL ÁREA DENOMINADA "SAN GREGORIO", UBICADA EN LAS REGIONES DEL BÍO BÍO Y DE LA ARAUCANÍA, PROVINCIAS DEL BÍO BÍO Y MALLECO, COMUNAS DE QUILACO Y CURACAUTÍN, EN VIRTUD DE LA LEY Nº19.657

Núm. 7 (A).- Santiago, 13 de enero de 2010.- Visto: Lo dispuesto en la ley Nº19.657, sobre Concesiones de Energía Geotérmica y su Reglamento aprobado mediante decreto supremo Nº32, de 22 de abril de 2004, modificado por el decreto supremo Nº224, de 4 de diciembre de 2008, ambos del Ministerio de Minería; el decreto supremo (A) Nº85, de 23 de noviembre de 2004, del Ministerio de Minería; decreto supremo (A) Nº63, de fecha 10 de marzo de 2008, del Ministerio de Minería; decreto supremo Nº55, de 19 de marzo de 2009, del Ministerio de Minería; la solicitud de concesión de explotación de energía geotérmica, presentada con fecha 31 de julio de 2009, por la empresa GGE Chile SpA; las publicaciones realizadas en conformidad al artículo 13 de la ley Nº19.657; lo solicitado al Servicio Nacional de Geología y Minería mediante oficio Ord. Nº780, de fecha 21 de agosto de 2009, del Ministerio de Minería, y su respuesta remitida a través del oficio Ord. Nº3.940, del 20 de noviembre de 2009; los oficios Ord. números 813, 814, 815, 816, 817, 818 y 837, todos de fecha 21 de agosto de 2009, del Ministerio de Minería; el oficio público RR.EE. DIFROL NºF-954, de fecha 2 de septiembre de 2009, del Director Nacional de Fronteras y Límites del Estado; el oficio Ord. DGA IX Nº2.268, del 15 de octubre de 2009, del Director Regional de Aguas de la Región de la Araucanía; el oficio Ord. Gabm. Nº957, de fecha 26 de octubre de 2009, de la Ministra de Bienes Nacionales; el oficio Ord. DGA Bío Bío Nº1.574, de 30 de octubre de 2009, del Director Regional de Aguas de la Región del Bío Bío; el oficio reservado EMDN.DAE.DAC.(R) Nº6.800/9.695/SD, de fecha 2 de noviembre de 2009, del Jefe del Estado Mayor de la Defensa Nacional; el oficio Ord. Nº698, del 10 de noviembre de 2009, del Director Nacional de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI); el oficio Ord. Nº1.198, de fecha 1 de diciembre de 2009, de la Ministra de Agricultura; las presentaciones de GGE Chile SpA, de fechas 10 y 17 de diciembre de 2009; lo solicitado a la Comisión Nacional de Energía, mediante oficio Nº1.275, del 1 de diciembre de 2009, del Ministerio de Minería y su respuesta remitida a través del oficio Ord. Nº0014, de fecha 6 de enero de 2010; el acta del Comité de Análisis de Energía Geotérmica, de fecha 7 de enero de 2010; el decreto supremo Nº131, de 26 de diciembre de 2002, del Ministerio de Minería, que faculta al Ministro de Minería a firmar "Por orden del Presidente de la República" en materia de Concesiones de Energía Geotérmica; y la resolución Nº1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

  1. Que, mediante decreto supremo (A) Nº85, de fecha 23 de noviembre de 2004, del Ministerio de Minería, publicado en la edición del Diario Oficial del día 20 de mayo de 2005, se le otorgó a la empresa "Geotermia del Pacífico Servicios de Ingeniería Limitada", una concesión de exploración de energía geotérmica en el área denominada "San Gregorio", ubicada en la Octava Región del Bío Bío y Novena Región de la Araucanía, provincias del Bío Bío y Malleco, comunas de Quilaco y Curacautín, sobre una superficie de 9.600 hectáreas y cuyas coordenadas UTM fueron las siguientes:

    Vértice UTM

    Norte Este

    V1 5.763.500 262.200

    V2 5.763.500 268.200

    V3 5.747.500 268.200

    V4 5.747.500 262.200

  2. Que, mediante decreto supremo (A) Nº63, de fecha 10 de marzo de 2008, del Ministerio de Minería, publicado en la edición del Diario Oficial del día 23 de mayo de 2008, se le otorgó a la empresa "Geotermia del Pacífico Servicios de Ingeniería Limitada", una prórroga de la concesión de exploración de energía geotérmica señalada en el considerando anterior, por dos años, esto es, hasta el 20 de mayo de 2009.

  3. Que, a través del decreto supremo (A) Nº55, de fecha 19 de marzo de 2009, del Ministerio de Minería, publicado en la edición del Diario Oficial del día 10 de junio de 2009, esta autoridad procedió a modificar el decreto supremo Nº85, indicado en el considerando 1º precedente, en el sentido de señalar que el nuevo concesionario de exploración de energía geotérmica de la concesión otorgada mediante el referido decreto, era la empresa "GGE Chile S.p.A.", RUT 76.033.715-3, en virtud del acto jurídico celebrado entre "Geotermia del Pacífico Servicios de Ingeniería Limitada" y la...

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