Decreto 32 - ADJUDICA Y OTORGA CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN DE ENERGÍA GEOTÉRMICA A LA EMPRESA ANTOFAGASTA MINERALS S.A., EN LA REGIÓN DE TARAPACÁ, PROVINCIA DEL TAMARUGAL, COMUNA DE PICA, EN EL ÁREA DENOMINADA 'PAMPA LIRIMA 1', EN VIRTUD DE LA LEY Nº19.657 - MINISTERIO DE MINERÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 239674534

Decreto 32 - ADJUDICA Y OTORGA CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN DE ENERGÍA GEOTÉRMICA A LA EMPRESA ANTOFAGASTA MINERALS S.A., EN LA REGIÓN DE TARAPACÁ, PROVINCIA DEL TAMARUGAL, COMUNA DE PICA, EN EL ÁREA DENOMINADA 'PAMPA LIRIMA 1', EN VIRTUD DE LA LEY Nº19.657

EmisorMINISTERIO DE MINERÍA
Rango de LeyDecreto

ADJUDICA Y OTORGA CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN DE ENERGÍA GEOTÉRMICA A LA EMPRESA ANTOFAGASTA MINERALS S.A., EN LA REGIÓN DE TARAPACÁ, PROVINCIA DEL TAMARUGAL, COMUNA DE PICA, EN EL ÁREA DENOMINADA "PAMPA LIRIMA 1", EN VIRTUD DE LA LEY Nº19.657

Núm. 32.- Santiago, 12 de febrero de 2009.- Visto: Lo dispuesto en la Ley Nº19.657, sobre Concesiones de Energía Geotérmica y su Reglamento, aprobado mediante decreto supremo Nº32, de 22 de abril de 2004, del Ministerio de Minería; lo dispuesto en el decreto supremo Nº142, de 28 de abril de 2000, del Ministerio de Minería, que Identifica Fuentes Probables de Energía Geotérmica, y su modificación dispuesta por decreto supremo Nº78, de 14 de marzo de 2001, del Ministerio de Minería; resolución afecta Nº30, de 2003, del Ministerio de Minería, que Deroga resolución Nº13 y Aprueba Nuevas Bases Generales que Fijan los Requisitos, Condiciones y Modalidades de las Licitaciones Públicas para el Otorgamiento de Concesiones de Exploración o Explotación de Energía Geotérmica, de Fuente Probable o no Probable; el decreto supremo Nº131, de 26 de diciembre de 2002, del Ministerio de Minería, que faculta al Ministro de Minería a firmar "Por orden del Presidente de la República" en materia de Concesiones de Energía Geotérmica; la resolución exenta Nº25, de 7 de enero de 2008, del Ministerio de Minería, que Aprueba las Bases Administrativas y Técnicas Particulares para la Licitación Pública de Concesión de Exploración de Energía Geotérmica denominada "Pampa Lirima 1"; las publicaciones y emisiones radiales realizadas en conformidad al artículo 13 de la Ley Nº19.657; la resolución exenta Nº295, de 27 de febrero de 2008, del Ministerio de Minería, que Aclara y Rectifica las Bases Administrativas y Técnicas Particulares para las Licitaciones Públicas de Concesión de Exploración de Energía Geotérmica denominadas "Pampa Lirima 1", "Pampa Lirima 2", "Pampa Lirima 3" y "Pampa Lirima 4"; circular aclaratoria del Comité de Análisis de Energía Geotérmica, de fecha 2 de abril de 2008; escrito de reclamación presentado en virtud del artículo 18 de la Ley Nº19.657, sobre Concesiones de Energía Geotérmica, de fecha 28 de febrero de 2008; el decreto exento Nº138, de 29 de abril de 2008, del Ministerio de Minería, que rechaza la reclamación interpuesta en virtud del artículo 18 de la Ley Nº19.657, en contra de la Licitación Pública "Pampa Lirima 1"; la resolución exenta Nº572, de fecha 18 de abril de 2008, del Ministerio de Minería, que Aprueba Acta de Apertura de la licitación pública denominada "Pampa Lirima 1"; la resolución exenta Nº1.111, de fecha 7 de julio de 2008, del Ministerio de Minería, que aprobó el Acta de Calificación Técnica de la Licitación Pública "Pampa Lirima 1"; cartas certificadas Nºs. 938, 939, 940, 941 y 942, todas de fecha 9 julio de 2008, del Ministerio de Minería, mediante las cuales se comunicó a las empresas participantes el puntaje obtenido en la evaluación técnica de sus ofertas y se invitó a las empresas seleccionadas a presentar oferta económica; el Acta de Apertura de Ofertas Económicas, suscrita con fecha 15 de julio de 2008; resolución exenta Nº1.450, de fecha 28 de agosto de 2008, del Ministerio de Minería, que rechazó sendos recursos de reposición interpuestos contra las resoluciones exentas Nº1.111, Nº1.113 y Nº1.115, todas de 2008, del Ministerio de Minería; resolución exenta Nº1.560, de fecha 12 de septiembre de 2008, del Ministerio de Minería, que rechazó sendos recursos jerárquicos interpuestos contra las resoluciones exentas Nº1.111, Nº1.113 y Nº1.115, todas de 2008, del Ministerio de Minería; resolución exenta Nº1.558, de fecha 12 de septiembre de 2008, del Ministerio de Minería, que rechazó reclamaciones presentadas por "Western Geopower Spa", contra las resoluciones exentas Nº1.111, Nº1.113 y Nº1.115, todas de 2008, del Ministerio de Minería; resolución exenta Nº1.559, de fecha 12 de...

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